viernes, 2 de diciembre de 2016

Esclavitud de 21 millones de personas en el mundo genera ganancias de 150 mil mdd

* Día Internacional para la Abolición de la Esclavitud, declarado por la UNESCO en 1949
* Unir esfuerzos para librar al mundo de esta práctica atroz: Ban

De la Mesa de Redacción Rafael Castilleja
De Arcano Político


Niño con maños en reja de varilla,
en condiciones de esclavitud forzada,
en fábrica. Foto: CONAPRED.
Demuestran informes de diferentes órganos de las Naciones Unidas y Organizaciones no Gubernamentales, la persistencia en 2016 de las viejas formas de esclavitud que subsisten al amparo de creencias y costumbres tradicionales. Otras formas han evolucionado y perfeccionado por el crimen organizado.

Esas formas de esclavitud son el resultado de una discriminación arraigada contra los grupos más vulnerables de la sociedad, como las personas consideradas de casta inferior, las minorías tribales y los pueblos indígenas.

En otra forma de esclavitud, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) calcula que 21 millones de personas en el mundo son víctimas de trabajo forzoso en la actualidad, lo que genera unos 150.000 millones de dólares anuales de ganancias ilícitas en el sector privado.

“Juntos podemos intensificar nuestros esfuerzos y librar al mundo de esta práctica atroz”, señaló el sudcoreano Ban Ki-moon, secretario general de la ONU, en su mensaje de este año sobre Día Internacional para la Abolición de la Esclavitud 2016.

Con el Día Internacional para la Abolición de la Esclavitud, que se celebra el 2 de diciembre, se recuerda la fecha en que la Asamblea General aprobó el Convenio para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena (resolución 317(IV), de 2 de diciembre de 1949).

El 18 de diciembre de 2007, la Asamblea General, en su resolución 62/122, decidió designar el 25 de marzo Día internacional de recuerdo de las víctimas de la esclavitud y la trata transatlántica de esclavos, para que se celebre anualmente a partir de 2008.

El día se centra en la erradicación de las formas contemporáneas de esclavitud, como la trata de personas, la explotación sexual, las peores formas de trabajo infantil, el matrimonio forzado y el reclutamiento forzoso de niños para utilizarlos en conflictos armados.

Antecedentes

La esclavitud ha evolucionado y se ha manifestado en formas diferentes a lo largo de la historia. En la actualidad, algunas antiguas manifestaciones de tipo tradicional de la esclavitud todavía persisten en su forma anterior, mientras que otras han adquirido formas nuevas.

Los informes preparados por los órganos de las Naciones Unidas y las ONG demuestra la persistencia de las viejas formas de esclavitud que subsisten al amparo de creencias y costumbres tradicionales. Esas formas de esclavitud son el resultado de una discriminación arraigada contra los grupos más vulnerables de la sociedad, como las personas consideradas de casta inferior, las minorías tribales y los pueblos indígenas.

El trabajo forzoso

Junto con formas tradicionales de trabajo forzoso, como el trabajo en condiciones de servidumbre y la servidumbre por deudas, existen en la actualidad formas más contemporáneas de trabajo forzoso como el de los trabajadores migrantes que son víctimas de la trata a fin de ser sometidos a todo tipo de explotación económica en el plano mundial, a saber, el trabajo doméstico desarrollado en condiciones de servidumbre y el trabajo en la industria de la construcción, en la industria alimentaria y del vestido, en el sector agrícola y en la prostitución forzosa.

El trabajo infantil

El trabajo infantil en Myanmar.
Foto: OIT/Marcel Crozet
Según datos proporcionados por el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), en todo el mundo un niño de cada seis trabaja. La mayoría del trabajo infantil que existe en la actualidad entraña una explotación económica. El artículo 32 de la Convención sobre los Derechos del Niño reconoce «el derecho del niño a estar protegido contra la explotación económica y contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación, o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social».

Trata de personas


En el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños Documento PDF, se define la «trata de personas» como la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluye, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos. El consentimiento dado por la víctima de la trata de personas a toda forma de explotación intencional es irrelevante y si la víctima de la trata es un niño, es un crimen aún sin el uso de la fuerza.

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