De la Mesa de Redacción Rafael Castilleja
De Arcano Político
Recomendó la Comisión Nacional de los Derechos Humanos a la
Secretaría de Marina por la tortura y violencia sexual de marinos a un hombre y
una mujer detenidos en San Luis Potosí el 9 y 10 de mayo de 2013.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió
la Recomendación 20/2017, dirigida al Secretario de Marina, Vidal Francisco
Soberón Sanz, por la detención arbitraria de un hombre y una mujer, así como
por la retención ilegal por 11 horas y 40 minutos, en San Luis Potosí, por
elementos de la Secretaría de Marina (SEMAR), quienes en lugar de ponerlos a
disposición de la autoridad ministerial en forma inmediata, los torturaron e
hicieron víctimas de violencia sexual.
Lo anterior, toda vez que el 13 de mayo de 2013 la defensora
pública federal de ambos agraviados presentó ante la CNDH dos escritos de queja
en los que manifestó que al rendir su declaración ministerial, cada uno de
ellos refirió las agresiones que recibieron por los elementos navales
aprehensores.
El hombre refirió que el 9 de mayo de 2013 fue detenido por
elementos navales, quienes lo llevaron a instalaciones de la SEMAR, donde lo
golpearon y dieron descargas eléctricas. En entrevista con un visitador adjunto
de la CNDH, señaló que al estar en las instalaciones navales fue desnudado y
mientras era interrogado le daban descargas eléctricas en las costillas, los
testículos y el labio inferior de la boca, así como que le dieron pisotones en
la cabeza.
En tanto que la mujer explicó que el 10 de mayo de 2013 fue
detenida por personal naval cuando se encontraba en su casa y que al ingresar
los elementos camuflajeados, uno de ellos la comenzó a golpear en la cabeza con
el puño y después fue trasladada a instalaciones de la SEMAR donde le bajaron
los pantalones y la ropa interior para darle descargas eléctricas en diversas
partes del cuerpo como en los genitales, ombligo, entrepierna, pies, boca. Así
como que fue golpeada con el puño en el estómago.
Finalmente, fueron trasladados a las oficinas de la PGR en
la Ciudad de México, donde fueron puestos a disposición del MPF el 10 de mayo
de 2013 por los elementos navales aprehensores.
Con la recepción de los escritos de queja se inició en esta
Comisión Nacional el expediente CNDH/2/2013/4046/Q, lográndose acreditar que
con el actuar de los elementos navales se transgredieron los derechos a la
libertad, integridad y seguridad personal y a la seguridad jurídica de ambos
agraviados, por la detención arbitraria, retención ilegal, actos de tortura y
violencia sexual.
Por lo anterior, la CNDH recomendó al titular de SEMAR
reparar el daño a los agraviados conforme a la Ley General de Víctimas, que
incluya atención médica y psicológica; colaborar en la presentación y
seguimiento de la denuncia de hechos que se formule ante la Procuraduría
General de la República, para que se investigue y determine conforme a derecho
la responsabilidad de los efectivos de la SEMAR que participaron en los hechos.
Colaborar en el trámite de la queja que se promueva ante la
instancia competente de esa Secretaría, contra los elementos navales
involucrados; se deberán impartir cursos de capacitación en materia de derechos
humanos con perspectiva y equidad de género a los servidores públicos de la
SEMAR, enfocados a la prevención y erradicación de la tortura y otros tratos o
penas crueles, inhumanos o degradantes, además de elaborar o, en su caso,
actualizar un protocolo para que los servidores públicos de la Secretaría de la
Marina empleen, en todos sus operativos, cámaras fotográficas, de
videograbación y grabación de audio; e inscribir a los agraviados en el
Registro Nacional de Víctimas.
Esta Recomendación, que ya fue debidamente notificada a su
destinatario, puede consultarse en la página www.cndh.org.mx.
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