Segunda Cumbre Iberoamericana de Migración y Derechos Humanos
DECLARACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
De 24 de mayo del 2017,
Respecto a Migración y Derechos Humanos
La Federación Iberoamericana del Ombudsman (FIO), conformada
por Defensores del Pueblo, Proveedores, Procuradores, Comisionados, Raonadores
(Razonador) y Presidentes de Comisiones Públicas de Derechos Humanos, reunidos
en la Ciudad de México con motivo de la Segunda Cumbre Iberoamericana,
“Migración y Derechos Humanos - una nueva mirada”, los días 23 y 24 de mayo de
2017,
Recuerda
Que la resolución 70/1 de la Asamblea General de Naciones
Unidas adoptada el 25 de septiembre del 2015, aprobó la Agenda 2030 para el
Desarrollo Sostenible, en la cual se reconoce expresamente “(…) la positiva
contribución de los migrantes al crecimiento inclusivo y al desarrollo
sostenible” y señala entre sus objetivos los siguientes:
Meta 8.8 del Objetivo nº 8 - Los Estados se proponen
“Proteger los derechos laborales y promover un entorno de trabajo seguro y sin
riesgos para todos los trabajadores, incluidos los trabajadores migrantes, en
particular las mujeres migrantes y las personas con empleos precarios”;
Meta 10.7 del Objetivo nº 10 - los Estados asumen el
compromiso de “Facilitar la migración y la movilidad ordenadas, seguras,
regulares y responsables de las personas, incluso mediante la aplicación de
políticas migratorias planificadas y bien gestionadas”.
Declaran
Que, en el ámbito de sus respectivas competencias, dedicadas
a la protección, promoción y defensa de los Derechos Humanos, los Ombudsman se
consideran comprometidos con la supervisión, apoyo y seguimiento al
cumplimiento de las acciones asumidas por los Estados de la Agenda 2030 de las
Naciones Unidas,
Por lo que formulan las siguientes consideraciones:
a) La movilidad
social es reconocida como una característica indisociable de la condición
humana, transversal a razas, credos o condiciones sociales y económicas;
b) Los fenómenos
migratorios tienen muy frecuentemente su origen en las condiciones de pobreza,
cuando no de extrema carencia, vivenciadas por las personas migrantes en sus
países de origen;
c) Los conflictos
internos, los fenómenos criminales, las catástrofes climáticas y la acentuación
de la distinción entre ricos y pobres siguen provocando un deterioro de las
condiciones de vida en muchos países de América Latina;
d) El crimen organizado,
la violencia generalizada, entre otros factores de inseguridad, están obligando
a algunas personas a salir de sus países en búsqueda de protección
internacional con el fin de resguardar su vida, libertad e integridad personal,
mediante la condición de refugio;
e) La dimensión
de los fenómenos migratorios masivos en todo el mundo ha demostrado la
inconsistencia de la idea de que los países que disfrutan de una relativa
abundancia pueden aislarse de los problemas de los países donde imperan los orígenes
de los flujos migratorios, cerrando sus fronteras a la entrada de personas
migrantes provenientes de esos países;
f) En el camino
desde su país de origen hasta el país para donde intentan emigrar, las personas
migrantes son a menudo sujetas a tratamiento indigno, opresivo y persecutorio
por parte de algunas de las autoridades de los Estados que atraviesan, y por
bandas criminales que buscan obtener ventajas patrimoniales de ellas;
g) Esta es una
realidad particularmente dura para las mujeres y los niños, niñas y
adolescentes involucrados en los procesos migratorios, por los riesgos de
tráfico, trata y explotación sexual, para personas con discapacidad, adultos
mayores, personas LGBTI, personas con enfermedades catastróficas, indígenas y otras
condiciones que generan vulnerabilidad.
h) El cierre de
fronteras, la construcción de muros y los obstáculos policiales a la
circulación de las personas migrantes no detiene su intención por alcanzar el
destino pretendido, sino más bien estas acciones fortalecen a las redes de
trata y tráfico de personas, asociadas a otros tipos de criminalidad;
i) Sin embargo,
las nuevas comunidades migrantes se convierten normalmente en una más-valía
para los países de acogida y terminan reflejándose positivamente en el
desarrollo de sus economías nacionales;
j) Las familias
y comunidades transnacionales mantienen relevantes lazos con sus países de
origen y estimulan la circulación de bienes materiales e inmateriales,
fomentando la cooperación y el respeto recíproco;
k) Las políticas
de acogida de personas migrantes y refugiadas no son desarrolladas de
conformidad con esa constatación por la dificultad que los Estados encuentran
en obtener el apoyo de sus comunidades nacionales, que no aceptan la inversión
de largas sumas de presupuesto público en políticas de apoyo de personas
migrantes, interpretándolas como desvío de recursos que podrían ser afectados a
las necesidades de la comunidad nacional;
l) Los países de
destino de los flujos migratorios masivos no hacen esfuerzos significativos
para informar a sus ciudadanos respecto a las ventajas de los procesos
migratorios;
m) En los países de
destino, las personas migrantes sufren explotación laboral, son privadas de sus
documentos de identificación, de su libertad, de los apoyos a que tienen
derecho, discriminadas y en algunos casos experimentan dificultades para
obtener una condición migratoria regular debido a que no pueden cumplir con los
requisitos y costos de documentación establecidos para esos efectos;
n) Aunado a ello,
las personas migrantes y refugiadas en muchas ocasiones están imposibilitadas
de garantizar su propio sustento por haber salido de su país de origen sin
recursos financieros que les permitan la instalación en el país de destino, o
bien encuentran dificultades para integrarse en el mercado laboral; por falta
de una condición migratoria regular no tienen acceso a servicios de salud y a
otros apoyos;
o) El
desconocimiento de estos hechos permite emerger fenómenos xenófobos, la
sedimentación de preconceptos contra otras culturas y contra poblaciones de
orígenes distintos, expresados en diversos sectores de la sociedad.
p) En su retorno
a los países de origen, aún que por voluntad propia, las personas migrantes encuentran
obstáculos y falta de apoyo de las autoridades nacionales;
q) Por todo esto
se constata la necesidad de una nueva mirada respecto al tema de la migración
desde un enfoque de dignidad humana, teniendo presente los vigentes
instrumentos y entendimientos universales sobre la Seguridad Humana y la Agenda
2030 para el Desarrollo Sostenible, que
posibilite también atender las causas de los flujos migratorios sin olvidar las responsabilidades
compartidas de los Estados de origen, tránsito y destino, así como de la
comunidad internacional.
Conscientes de esta realidad, los signatarios de esta
declaración asumen los siguientes
COMPROMISOS
Desarrollar esfuerzos para divulgar entre las personas
migrantes, solicitantes de refugio y refugiadas, sus derechos e informarles de
la posibilidad de presentar una queja ante las instituciones Ombudsman cuando
no se les reconozcan o no se garanticen sus derechos;
Seguir sensibilizando a los Gobiernos y a la administración
estatal, regional y local, si fuera necesario, a través de la recomendación de
cambios legislativos, para la adopción de las medidas necesarias para prevenir
la discriminación de las personas migrantes, solicitantes de refugio y
refugiadas, con particular atención a la situación de especial vulnerabilidad
en que se encuentran las mujeres y los niños, niñas y adolescentes, personas
adultas mayores, personas con discapacidad, indígenas y las personas LGBTI, que
han dejado sus países de origen o de residencia en búsqueda de mejores
condiciones de vida, a causa de la violencia causada por el crimen
transnacional organizado;
Sensibilizar a los gobiernos sobre la necesidad de formación
especial en el tema de Derechos Humanos, Derecho de Refugiados y Derecho
Humanitario a las autoridades que trabajan con personas migrantes,
especialmente en las fronteras;
Promover la cooperación entre las Instituciones de Derechos
Humanos para protección de los derechos de las personas migrantes, mediante la
designación de un punto focal;
Impulsar la ratificación de la Convención Internacional
sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de
sus Familiares en los países que integran la FIO;
Divulgar los Derechos Humanos de las personas migrantes,
solicitantes de refugio y refugiadas ante la sociedad civil, combatiendo el
discurso de odio, el racismo, la xenofobia y los estereotipos negativos;
Elaborar informes independientes sobre la situación de las
personas en movilidad que establezcan recomendaciones a los Estados y a los
órganos del sistema internacional de derechos humanos, especialmente el Examen
Periódico Universal, para el desarrollo de políticas, legislación, prácticas e
institucionalidad que garantice el ejercicio de los derechos humanos de estas
poblaciones.
Divulgar en sus sitios institucionales los informes de la
actuación desarrollada en materia de migración.
Visitar con regularidad los centros de detención de personas
migrantes para observar el cumplimiento de los parámetros nacionales y de los
compromisos asumidos internacionalmente por el Estado para el respeto de los
derechos humanos de las personas migrantes;
Desarrollar acciones coordinadas entre instituciones de
países de origen, tránsito y destino para facilitar el retorno digno de las
personas migrantes a sus países de origen.
Y, en consecuencia,
Recomiendan a todos los Estados que se confrontan con
fenómenos migratorios, sean países de origen, de tránsito o de destino final:
1. Que asuman
integralmente sus co-responsabilidades en los procesos migratorios,
comprendidas las que resultan del Derecho Internacional de Derechos Humanos,
Derecho Humanitario Internacional y Derecho Internacional de los Refugiados,
así como las contenidas en sus propias Constituciones y sus normativas legales
internas, generando las condiciones necesarias para la realización de los
movimientos migratorios en condiciones de seguridad y dignidad;
2. Que
desarrollen políticas de protección, apoyo y asistencia en los fenómenos
migratorios, cumpliendo con los compromisos asumidos en el ámbito de la Agenda
2030 de las Naciones Unidas y del entendimiento común universal del enfoque de
la seguridad humana, aprobado por la Asamblea General de la ONU en la
resolución 66/290 de 25 de octubre del
2012;
3. Que desarrollen
políticas de integración y soluciones duraderas para las personas migrantes y
refugiadas respectivamente, con el fin de garantizar el respeto de sus derechos
fundamentales en los países de destino;
4. Que estas
políticas se construyan con la participación y consulta de las personas y
grupos migrantes, considerando también la experiencia acumulada por las
organizaciones y redes no gubernamentales que actúan por los derechos humanos,
especialmente en el campo de la movilidad humana;
5. Que en las
instituciones educativas se promueva la integración de los niños, niñas y
adolescentes migrantes y refugiadas, incluso desarrollando proyectos de
divulgación de los países de origen de las personas migrantes, refugiadas, su riqueza y aporte cultural;
6. Que
desarrollen proyectos productivos de inclusión de las personas migrantes y
refugiadas;
7. Que
desarrollen estrategias de comunicación, incluyendo la utilización de las redes
sociales, para combatir la xenofobia y las formas de criminalidad que se
desarrollan en torno al fenómeno migratorio, para lograr una efectiva y eficaz
protección de los Derechos Humanos de las personas migrantes y refugiadas;
8. Que subscriban
acuerdos de cooperación internacional con el objetivo de aminorar las condiciones
que determinan los fenómenos migratorios, contribuyendo al desarrollo
sostenible de los países de origen, promoviendo proyectos de bienestar social
que se reflejen en la salud, en la educación, en la disminución del desempleo y
en políticas de apoyo social;
9. Que los países
de origen y los países de destino de fenómenos migratorios masivos implementen
políticas centradas en la búsqueda de soluciones de reciprocidad económica que
permitan construir alternativas a la expulsión de las personas migrantes y, en
simultáneo, faciliten ante las comunidades nacionales la comprensión del
fenómeno migratorio y las ventajas de las políticas de acogida de personas
migrantes;
10. Que los países de
origen de fenómenos migratorios acepten políticas de inversión en áreas de
interés privilegiado;
11. Que los países
que se encuentran en los flujos migratorios reconozcan la particular
vulnerabilidad de las mujeres y de los niños, niñas y adolescentes migrantes,
principalmente en lo que respecta a la trata y explotación sexual, así como de
personas con discapacidad, adultos mayores, personas LGTBI, personas con
enfermedades catastróficas, indígenas y otras condiciones que generen
vulnerabilidad, e implementen políticas de prevención para garantizar su
seguridad y necesidades específicas, como condiciones de detención, en caso de
que esto ocurra;
12. Que garanticen el
acceso a cuidados de salud a las personas migrantes y refugiadas en tránsito;
13. Que garanticen el
necesario apoyo legal y jurídico a las personas migrantes y refugiadas, con
especial incidencia para los niños, niñas y adolescentes en contexto de
migración no acompañados;
14. Que faculten a
las personas migrantes y refugiadas su inclusión en el mercado laboral,
modificando, eliminando o simplificando los trámites administrativos e
impuestos, a fin de promover su inclusión social, sino también para prevenir
situaciones de marginalidad/criminalidad asociados a la falta de recursos, lo
que alimentan redes paralelas de explotación del trabajo migrante;
15. Que promuevan la
difusión de los riesgos asociados a la migración irregular, especialmente en lo
que respecta a los riesgos de trata y de tráfico;
16. Que apoyen los
procesos de retorno de las personas migrantes a sus países de origen mediante
un proceso concertado entre los países de origen, tránsito y de destino,
buscando aminorar los impactos negativos y traumáticos;
17. Que garanticen
los derechos fundamentales de las personas migrantes detenidas por razones de
control migratorio, entendiendo que la sanción que se imponga (deportación o
rechazo), corresponde a una infracción por incumplimiento de una norma o
disposición de carácter administrativo y no a la comisión de un delito, con el
fin de no criminalizar el fenómeno social de la migración.
Apelan también a los medios de comunicación para que asuman
su responsabilidad como constructores de opinión pública, incentivándolos a
participar activamente en el proceso de formación de una consciencia colectiva,
asumiendo también como suya la tarea de contribuir para la divulgación de los
compromisos de la Agenda 2030 de las Naciones Unidas.
Ciudad de México, el 24 de mayo del 2017
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