jueves, 15 de marzo de 2018

Ignora la Tremenda Corte la corrupción policiaca y avala ley de seguridad interior


Por Mario Luis ALTUZAR SUÁREZ
De Arcano Político


“Lo que usted ordene señor Presidente”,
ministro presidente Luis María Aguilar Morales,
de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Foto oficial.

Ignoró la Suprema Corte de Justicia las 10 mil 225 quejas por detenciones arbitrarias registradas entre 2007 y 2017 por policías corruptos expuestos en la ONU, y avaló la reforma penal de Peña Nieto de detener por sospecha y sin orden judicial, catear autos y domicilios, lo que deja en indefensión a los mexicanos criminalizados.

Las reformas penales de Enrique Peña Nieto criminalizan a las víctimas y victimizan a los criminales, en copia fiel a la estrategia impuesta por el tabasqueño Andrés Manuel López Obrador en su administración como Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, del 5 de diciembre de 2000 al 29 de julio de 2005.

Bajo la orden de inhibir la denuncia, se ordenan análisis posológicos a las víctimas, de su nivel económico, después de largas esperas de 24 o más horas, mientras que se le envía a los delincuentes el domicilio particular del denunciante, que ahora, se perfecciona en la Ley de Seguridad Interior, avalada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Les compartimos en https://arcanoradio.blogspot.mx/, asociada a RNU y a RFI y afiliada a La Voz de América, otra forma de escuchar para ver el mundo en busca de la verdad, el comunicado de la Comisión Nacional de Derechos Humanos de este jueves 15 de marzo:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos hace expreso su respeto por la determinación tomada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al resolver la Acción de Inconstitucionalidad 10/2014 y su acumulada 11/2014, mismas que se promovieron en contra de diversos artículos del Código Nacional de Procedimientos Penales, a la vez que manifiesta su preocupación, desde el ámbito de los derechos humanos, porque más allá de contribuir a que exista un entorno de mayor seguridad y menor violencia en nuestro país, los preceptos que fueron impugnados sigan propiciando violaciones a derechos y libertades básicas de las personas, sobre todo en contra de adolescentes y jóvenes.

Entre los derechos humanos que la aplicación de estos artículos pueden vulnerar, se encuentran los derechos de presunción de inocencia, debido proceso, seguridad jurídica, libertad personal y el principio de legalidad, en tanto faculta a la autoridad policial a llevar a cabo la inspección de una persona o de su vehículo, por la simple existencia de una “sospecha razonable”, lo cual, en opinión de este Organismo Nacional contraviene principios procesales y directrices básicas del sistema penal acusatorio mexicano.

La acción que en su oportunidad promovió este Organismo Nacional buscó brindar seguridad jurídica a las personas al evitar que la ambigüedad y vaguedad de la redacción de los preceptos impugnados siguiera propiciando la amplia discrecionalidad y subjetividad que a la fecha existe para que las autoridades detengan e inspeccionen a personas, sin mediar orden judicial o que existan parámetros objetivos para justificar la realización de tales actos de molestia o normas que determinen y acoten los términos y condiciones en que habrán de llevarse a cabo.

Las detenciones arbitrarias han sido unas de las principales causas de inconformidad ante la CNDH en los últimos años, habiéndose registrado 10,225 quejas por este motivo entre 2007 y 2017, tan sólo en el ámbito federal, por lo que este Organismo Nacional y el Sistema Nacional de Ombudsperson se encuentran realizando un informe sobre este tema para dimensionarlo y determinar sus causas a nivel nacional, cuestión que resulta de particular importancia pues con frecuencia, las detenciones arbitrarias se vinculan a otras violaciones a derechos humanos de mayor gravedad como tortura; tratos crueles, inhumanos o degradantes o desapariciones.

La CNDH continuará atenta para recibir las denuncias y documentar los excesos que se cometan en la aplicación de los preceptos cuya constitucionalidad se resolvió, a la vez que promoverá el que se certifique y capacite al personal de las instituciones policiacas que tenga a cargo su aplicación, así como el que se formulen protocolos de actuación para tal efecto, los cuales prevean mecanismos de supervisión externa y una debida rendición de cuentas.

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