* La solicitud de la opinión consultiva planteada por la
República de Colombia ante la Corte Interamericana en marzo de 2016, dio pauta
a la presentación de un amicus curiae por parte de la CNDH
* Mediante este ejercicio, la Comisión Nacional colabora en
el fortalecimiento del Sistema Interamericano de protección a los derechos
humanos y al diálogo entre las instituciones que los salvaguardan
* El documento remitido a esa instancia internacional
desarrolla elementos en torno a la protección de los derechos humanos al medio
ambiente, a la vida y a la integridad personal
De la Mesa de Redacción Rafael Castilleja
De Arcano Político
Como una oportunidad para fortalecer el diálogo entre los
organismos de protección a los derechos humanos del continente americano, el
pasado 19 de enero, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH),
presentó un escrito en calidad de amicus curiae, a través del cual sometió
diversas consideraciones a la Corte Interamericana de Derechos Humanos,
respecto de la solicitud de opinión consultiva presentada por la República de
Colombia el 14 de marzo de 2016, la cual se encuentra en etapa de análisis por
parte de ese Tribunal.
Adicionalmente a su jurisdicción contenciosa, de acuerdo con
el artículo 64 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Corte
Interamericana tiene competencia para emitir opiniones sobre las consultas que
le planteen los miembros de la Organización de Estados Americanos y, en lo que
les competa, a los órganos previstos en el Capítulo X de la Carta de dicho
organismo internacional; respecto de la interpretación de la citada Convención,
de otros tratados de derechos humanos en los Estados americanos; como también
sobre la compatibilidad entre leyes internas de estos últimos y los mencionados
instrumentos. A la fecha, se ha emitido un total de 22 opiniones consultivas.
En ese sentido, la República de Colombia planteó ante la
Corte Interamericana diversas temáticas, como son: las correspondientes a la
relación que existe entre los sistemas regionales de protección al medio
ambiente marino y las obligaciones generales de respetar y garantizar los
derechos y libertades reconocidos por el Pacto de San José, especialmente los
derechos humanos a la vida e integridad personal; el sentido y alcance de la
jurisdicción del Sistema
Interamericano en razón de la participación de los Estados
en tratados internacionales en materia ambiental; así como las modalidades a
las cuales deben ajustarse los estudios de impacto ambiental al interior de las
zonas protegidas por los instrumentos internacionales señalados, bajo una perspectiva
de derechos humanos.
A partir de la experiencia de la CNDH en asuntos que abarcan
la interdependencia entre cuestiones ambientales y derechos humanos, se
ofrecieron a la Corte Interamericana algunas reflexiones acerca de los
planteamientos del Estado solicitante, así como de las cuestiones que podría
abarcar ese Tribunal. En ese documento tienen un papel destacado los estándares
de derechos humanos provenientes de los sistemas Interamericano y Universal.
Mediante, la presentación del amicus curiae este Organismo
Internacional refrenda también su convicción de que la protección y respeto del
medio ambiente es definitiva para la eficacia de otros derechos económicos,
sociales y culturales.
En el ámbito del derecho internacional de los derechos humanos,
los amici curiae permiten a personas e instituciones ajenas a un juicio o
proceso, ofrecer razonamientos jurídicos y consideraciones vinculadas con los
hechos de un caso. Esta figura se consagra en el artículo 2.3 del Reglamento
que rige a la Corte Interamericana.