jueves, 6 de julio de 2017

Llama CNDH al Congreso de Chihuahua a tipificar delito de feminicidio

De la Mesa de Redacción Rafael Castilleja
De Arcano Político

Exhorta respetuosamente la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), en el ámbito de sus competencias, al Congreso del Estado de Chihuahua a fin de que adecue el Código Penal local, en el marco de la iniciativa presentada por el Ejecutivo de la entidad, a efecto de tipificar el delito de feminicidio.

Para este Organismo Nacional, es prioritaria la erradicación de la violencia contra las mujeres y niñas, y reconoce que la dimensión penal del problema es punto relevante para lograr tal fin; no obstante, considera que no es suficiente y por ello deben fortalecerse los esfuerzos para que cada autoridad del país, desde el ámbito de sus respectivas atribuciones, haga frente a la violencia feminicida que, lamentablemente, padecen mujeres y niñas no sólo en nuestro país sino en el mundo.

La CNDH considera que el reconocimiento jurídico del conjunto de prácticas que atentan contra la vida de las mujeres, en ejercicio de la violencia y discriminación por razones de género, contribuye a hacer frente a contextos de violencia extrema.

La tipificación del feminicidio en Chihuahua es un imperativo, en tanto que es obligación del Estado mexicano garantizar el ejercicio efectivo de los derechos humanos de las mujeres y niñas, así como investigar e impartir justicia con perspectiva de género. En este sentido, incluir el feminicidio como delito autónomo es el principio para sancionar la privación de la vida de las mujeres por razones de género.

Adicional a lo señalado, la CNDH subraya que es fundamental que los poderes del estado de Chihuahua atiendan lo dispuesto en los instrumentos internacionales en torno del feminicidio y tengan en cuenta que dicha entidad es la única que no prevé ese tipo penal. Destaca que la solicitud al estado de Chihuahua de proteger los derechos humanos de las mujeres y niñas en contextos de violencia extrema contra ellas, ha quedado de manifiesto a nivel internacional a través de la sentencia en 2009 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos denominada “Caso González y Otras (“Campo algodonero”) vs. México”.

Asimismo, la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW) ha señalado la obligación del Estado de tomar medidas y acciones tendentes a lograr la plena igualdad entre mujeres y hombres, incluyendo las medidas de carácter legislativo, para asegurar el pleno desarrollo y adelanto de las mujeres, y garantizarles el goce de sus derechos humanos y de las libertades fundamentales.


En este mismo sentido, como parte del Examen Periódico Universal (EPU), realizado por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas al Estado mexicano en 2013, se concluyó la importancia de dar solución a varios temas, entre ellos “… unificar, sobre la base de criterios objetivos, las diversas definiciones de feminicidio en los códigos penales del país…”

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