De la Mesa de Redacción Rafael Castilleja
De Arcano Político
Saluda este martes 4 de abril en Washington, la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) la adopción del Decreto Supremo Nº
002-2017-IN, mediante el cual se aprueban los lineamientos para el otorgamiento
del Permiso Temporal de Permanencia (PTP) para las personas de nacionalidad
venezolana en Perú.
La CIDH destaca esta medida adoptada por el Perú como una
buena práctica a nivel regional. Dentro de un marco de responsabilidad
compartida, la CIDH llama a los demás Estados de Miembros de la OEA a adoptar
medidas como ésta o similares para
proteger a las personas migrantes venezolanas.
Mediante nota de 27 de febrero de 2017, la Representante
Permanente del Perú ante la Organización de Estados Americanos (OEA) informó a
la CIDH sobre la aprobación del Decreto Supremo Nº 002-2017-IN, el pasado 2 de
enero de 2017.
Este decreto establece que corresponde a la Superintendencia
Nacional de Migraciones establecer el procedimiento para la emisión de permisos
temporales de permanencia en aras de proteger y asegurar los derechos de las
personas de nacionalidad venezolana que se encuentran en Perú.
El PTP es un documento que acredita la situación migratoria
regular en el país y tienen una duración
de un año, luego del cual podrá ser prorrogado automáticamente hasta la entrada
en vigencia de la Ley de Migraciones, o hasta que se regularice la situación
política en la República Bolivariana de Venezuela.
El 2 de febrero de 2017, el Ministerio de Interior y la
Superintendencia Nacional de Migraciones empezaron a hacer entrega de los
primeros permisos temporales de permanencia a personas de nacionalidad
venezolana, con los cuales podrán estudiar, trabajar, acceder a servicios de
salud y tributar.
El PTP va en línea con las recomendaciones hechas por la
CIDH en su comunicado de prensa de 25 de enero de 2017, en el cual la Comisión
expresaba su preocupación por el incremento del número de personas venezolanas
que se han visto forzadas a migrar a otros Estados de la región como mecanismo
de supervivencia, principalmente como consecuencia de la grave crisis política
y social a que se ha generado por la escasez de alimentos, medicamentos y
tratamientos médicos y llamaba a los Estados de la región a implementar medidas
para su protección.
La CIDH observa que ante la situación generada por la
escasez de medicamentos en Venezuela, el 24 de marzo de 2017, el Presidente
Nicolás Maduro hizo un llamado público a la Organización de las Naciones Unidas
para regularizar todo el tema de los medicamentos y pidió a sus autoridades
seguir las recomendaciones de dicha organización en la materia.
La CIDH considera que el PTP representa un ejemplo para la
región de como los Estados pueden proteger a migrantes en situación de
vulnerabilidad a través de la regularización migratoria. La regularización de
manera pronta y generalizada representa la base para una garantía del goce
efectivo del derecho a migrar y el principio de igualdad y no discriminación de
las personas migrantes y otras personas en el contexto de la movilidad humana.
Estas medidas también destacan el carácter humanitario de
Perú y su memoria y gratitud por las medidas que Venezuela y otros países adoptaron a favor de los
peruanos que emigraron décadas atrás.
Según información de público conocimiento, la migración de
personas de nacionalidad venezolana a los Estados de la región ha venido
aumentando de forma exponencial en los últimos años.
En este sentido, la Comisión reitera su preocupación ante el
aumento exponencial en el número de solicitantes de asilo provenientes de
Venezuela.
De acuerdo con cifras del Alto Comisionado de las Naciones
Unidas para los Refugiados (ACNUR), para finales de 2012, la cifra de
solicitantes de asilo de Venezuela era de 505, pasando a 1.153 en 2013, 4.820
en 2014, 15.094 en 2015, y 25.114 para mediados de 2016.
Lo anterior representa un aumento porcentual de 4.873% en el
número de personas venezolanas que solicitaron el reconocimiento de la
condición de refugiado en el exterior entre 2012 y mediados de 2016. A su vez,
de finales de 2015 a mediados de 2016 se observó un incremento del 66% en el
número de solicitantes de asilo de Venezuela a nivel mundial.
“En un momento en que se promueve la creación de muros y el
cierre de fronteras, es crucial para la protección de migrantes y refugiados
que los Estados habiliten canales legales y seguros para que las personas
puedan migrar, a la vez que promuevan la regularización migratoria para
aquellas personas que se han visto forzadas a recurrir a los canales de la
migración irregular”, dijo la Comisionada Margarette May Macaulay, Relatora
sobre los Derechos de los Migrantes de la CIDH.
Para ello, los Estados pueden hacer uso de programas tales
como programas de admisión humanitaria, visados de reunificación familiar,
becas estudiantiles, programas de movilidad laboral, patrocinios privados, y
programas de reasentamiento de refugiados.
La CIDH reitera su llamado a los Estados de la región a
adoptar medidas tendientes a brindar un trato humanitario y respuestas de
protección internacional a personas procedentes de Venezuela a través de la
protección de los refugiados, protección complementaria, protección temporal
por razones humanitarias, visas humanitarias, así como aplicar otras
alternativas de regularización con base en la normativa migratoria nacional y
regional.
La protección internacional de las personas refugiadas y
solicitantes de asilo, el
establecimiento de visas humanitarias, el reasentamiento de refugiados,
así como la aplicación de otras alternativas de regularización migratoria representan soluciones integrales,
complementarias y sostenibles para la protección de las personas afectadas y
para dar cumplimiento a la Declaración y Plan de Acción de Brasil de 2014.
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