lunes, 28 de noviembre de 2016

Redoblen protección integral de los derechos de los niños: CIDH a los Estados

De la Mesa de Redacción Rafael Castilleja
De Arcano Político


Fortalecer el funcionamiento de los
sistemas nacionales de protección
integral de los niños.
Foto: Wikipedia.
Llama a los Estados en Washington este lunes 28 de noviembre, la CIDH a fortalecer los sistemas nacionales de protección integral de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en la región, en el marco del aniversario de la adopción de la Convención sobre los Derechos del Niño por la Asamblea General de las Naciones Unidas.

Se adoptó la Convención el 20 de noviembre de 1989. Su origen fue la Declaración de Ginebra sobre los Derechos del Niño de 1924, redactada por Eglantyne Jebb, una fundadora de la organización internacional Save the Children. La propuesta de Jebb fue aprobada por la Sociedad de Naciones el 26 de diciembre de 1924.

Les indica la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que redoblen los esfuerzos para fortalecer el funcionamiento de los sistemas nacionales de protección integral de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

Especialmente, la Comisión exhorta a los Estados a que refuercen la institucionalidad responsable de la promoción, la protección y la defensa de los derechos de la niñez a nivel local, establezcan sistemas que permitan una medición y monitoreo periódico de los avances realizados en materia de derechos de la niñez, y destinen los recursos humanos y financieros necesarios para garantizar el adecuado funcionamiento de los sistemas en todo el territorio de los Estados.

La CIDH también destaca la necesidad de otorgar un rol más protagónico a la voz y a las opiniones de los propios niños, niñas y adolescentes, empoderándoles en el conocimiento de sus derechos, en la identificación de situaciones de riesgo y vulneradoras de sus derechos, así como en fortalecer su participación en la búsqueda de soluciones y en el diseño, implementación, monitoreo y evaluación de las políticas públicas destinadas a ellos y a ellas.

La CIDH ha destacado que los sistemas nacionales de protección integral de los derechos de la niñez constituyen el andamiaje fundamental y la estructura operativa necesaria para asegurar la efectiva vigencia, protección y defensa de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, sin los cuales la legislación que reconoce los derechos de la niñez corre el riesgo de ser inefectiva e inaplicable en la práctica.

Los Estados de la región han adoptado modelos de sistema diversos, en función de su contexto y otras circunstancias de su estructura como país, aunque muchos sistemas guardan características organizativas, lógicas de funcionamiento y principios similares. Estos sistemas son además dinámicos y cambiantes, pudiéndose introducir modificaciones a lo largo del tiempo a su estructura y funcionamiento, para adaptarse mejor a las necesidades de protección de la niñez.

Sin embargo, y aun reconociendo los importantes esfuerzos realizados por los Estados de la región en esta materia, la CIDH observa que es necesario fortalecer el funcionamiento de los mismos. Entre los aspectos que deben ser reforzados la Relatoría destaca la necesidad que los sistemas sean realmente integrales en la protección de todos los derechos para toda la niñez, y no se centren específica o exclusivamente en determinados grupos de niños por sus particulares circunstancias de vulnerabilidad, aunque reconoce que estos grupos requieren de una atención particular y reforzada por parte de los Estados.

La Comisionada Esmeralda Arosemena de Troitiño, Relatora de la CIDH sobre los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, ha advertido que “a pesar que la legislación reconoce los derechos para toda la niñez, es habitual que el funcionamiento de los servicios y los programas se centren de modo principal o exclusivo a atender a niños, niñas y adolescentes que ya han visto sus derechos vulnerados o están en una situación de riesgo, con una inversión de esfuerzos sustancialmente menor en aspectos relativos a la difusión y promoción de derechos, la creación proactiva y decidida de condiciones para su ejercicio y goce, y la prevención primaria”.

La Relatora también enfatiza la centralidad que tienen los servicios a nivel local: “los actores locales son los que están en contacto con los niños y pueden desarrollar acciones ajustadas al contexto y que tengan impactos directos sobre su vida. Sin embargo, observo con preocupación que el hecho de nacer en determinadas zonas hace que los niños no puedan disfrutar del mismo nivel de atención y apoyo para su bienestar y desarrollo integral y armónico, ni tendrán las mismas posibilidades que otros niños de ejercer y ver asegurados los derechos que las normas les reconocen. Por ello recomiendo a los Estados que de modo decidido e impostergable destinen los recursos humanos y económicos necesarios para revertir estas situaciones, que detecto en todos los países de la región”.

Los Estados en su conjunto y en todos sus niveles han de promover, garantizar y respetar los derechos de los niños, niñas y adolescentes, para lo cual deben trabajar sobre la base de un plan o política pública nacional integral, fundada en un diagnóstico serio y exhaustivo de la realidad, y sus contenidos basarse en los derechos reconocidos en la Convención sobre los Derechos del Niño y en los instrumentos internacionales de derechos humanos.

Estos planes deben ser elaborados con la participación de todos los sectores involucrados en materia de niñez y de la sociedad civil, además de tomar en consideración de modo adecuado las visiones y las propuestas de los mismos niños, niñas y adolescentes por ser quienes mejor conocen su realidad y los desafíos que enfrentan.

Es necesario que los planes incluyan objetivos concretos y asequibles en relación con los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales para todos los niños, niñas y adolescentes, prevean indicadores que permitan el seguimiento de su cumplimiento, así como estrategias y plazos temporales realistas para su consecución.

La Relatora también destacó “la importancia que estos planes se vinculen con los planes nacionales de desarrollo y otras políticas estructurales, para garantizar que la niñez no queda relegada, además de tomar en consideración las observaciones del Comité de los Derechos del Niño en su comentario general número 19 sobre la elaboración de presupuestos públicos para  hacer efectivos los derechos del niño”.

“Después de haberse cumplido casi tres décadas de la entrada en vigor de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño ninguna duda cabe que se han alcanzado logros muy destacados que han transformado la realidad de millones de niños y niñas, pero es imprescindible seguir invirtiendo en esfuerzos para fortalecer las estructuras y los mecanismos operativos, así como las políticas, planes y servicios, con el objetivo que el reconocimiento de derechos trascienda las leyes y encuentren reflejo en la realidad”, concluyó la Relatora.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan a sus países de origen o residencia.

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