* Destaca la indebida aprobación de siembra de soya genéticamente modificada, en perjuicio de comunidades indígenas de los estados de Campeche, Quintana Roo, Yucatán, Tamaulipas, San Luis Potosí, Veracruz y Chiapas
De la mesa de Redacción Rafael Castilleja
De Arcano Político
Saldar la deuda histórica que gobiernos y sociedad tienen
con los pueblos y comunidades indígenas en materia de consulta previa, libre,
informada, culturalmente adecuada y de buena fe permitirá empoderar a los
descendientes de pueblos originarios de nuestro país para que sean sujetos de
derechos y puedan ejercerlos plenamente.
En ello coincidieron autoridades, servidores públicos,
académicos, investigadores, expertos y representantes de organizaciones de la
sociedad civil, del sector empresarial y de organismos públicos defensores de
derechos humanos que participaron en el Seminario Internacional “Fundamentos y
práctica del derecho a la consulta previa, libre e informada de los pueblos
indígenas”, organizado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, Secretaría
de Gobernación, Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí,
Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, UN
Global Compact y Objetivos de Desarrollo Sostenible de la ONU, celebrado en la
ciudad de San Luis Potosí.
En este primer encuentro sobre dicho tema, quedó de
manifiesto que los esfuerzos desplegados hasta el momento para lograr la
verdadera efectividad de la consulta previa no han sido suficientes, debido a
la desatención de las instituciones responsables de garantizar el cumplimiento
de esa prerrogativa. De igual manera, se dieron a conocer las consecuencias
negativas que enfrentan los países que no aplican ese mecanismo, tales como
tala indiscriminada de bosques, contaminación ambiental, de ríos y lagunas,
extracción sin control de recursos naturales, explotación mineral de profundo
impacto, afectación de flora y fauna, así como desplazamiento de comunidades
originarias, entre otras.
Ante ello, el Ombudsman nacional, Luis Raúl González Perez,
exhortó a los gobiernos federal y estatales, así como al sector empresarial del
país a cumplir con su obligación de consultar previa, libre, informadamente, de
buena fe y culturalmente adecuada a pueblos y comunidades indígenas, cuando se
trate de planes de desarrollo o de inversión de gran escala que tengan un
impacto dentro de su territorio.
Tras señalar que, de acuerdo con el INEGI, el 21.50% de los
119 millones 530,753 personas se autoadscribió como indígena, consideró que la
falta de un ordenamiento específico en nuestro país que regule adecuadamente el
proceso de consulta, impide conocer de manera clara y precisa el contenido y
alcance de los derechos de esos pueblos sobre sus tierras, territorios y
recursos naturales.
González Pérez exhortó también a las autoridades
correspondientes a armonizar el orden jurídico con los estándares
internacionales existentes sobre la materia, así como presentar, discutir,
estudiar, votar y emitir una ley que sea consultada previamente por los propios
pueblos y comunidades indígenas.
Explicó que el Seminario es un espacio para promover el
deber del Estado de proteger y el compromiso de las empresas de respetar y
facilitar el derecho a la consulta previa, libre e informada, y que
dimensionará la importancia de generar prácticas, políticas públicas y normas
en la materia.
El Presidente de la CNDH refirió los cuatro casos donde el
Organismo Nacional intervino como consecuencia de quejas y en los que emitió
Recomendación, relacionados con proyectos económicos en los cuales existió
criminalización de defensores de derechos humanos y el derecho a la consulta
previa fue vulnerado: Proyecto Acueducto Independencia, en el Valle de Yaqui;
la indebida aprobación de siembra de soya genéticamente modificada, en
perjuicio de comunidades indígenas de los estados de Campeche, Quintana Roo,
Yucatán, Tamaulipas, San Luis Potosí, Veracruz y Chiapas; la Recomendación
56/2016, dirigida a la Secretaría, de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
(SEDATU) y a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT),
así como al Poder Ejecutivo del Estado de México, por no garantizar la consulta
previa, libre, informada, culturalmente adecuada y de buena fe; y el caso del
pueblo indígena Wixárika.
En este encuentro, que fue inaugurado por el gobernador de
San Luis Potosí, Juan Manuel Carreras López, el representante en México de la
Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Jan
Jarab, señaló la prioridad que deben ocupar los derechos humanos en nuestro país,
dada la gran cantidad de personas indígenas, las razones históricas y el modelo
de desarrollo.
Puntualizó que la consulta es herramienta muy útil que debe
ser previa, libre, informada y adecuada, pues de lo contrario producirá efectos
negativos como la fragmentación de comunidades indígenas o el aumento de
conflictos entre ellas.
Roberto Campa Cifrián, Subsecretario de Derechos Humanos de
la Secretaría de Gobernación (SEGOB), afirmó que el derecho a la consulta
previa es un compromiso de primer orden para el Gobierno de la República, para
garantizar la autonomía e identidad que corresponden a pueblos y comunidades
indígenas.
Dijo que los mecanismos de consulta representan grandes
desafíos, y se requiere contar con procedimientos apropiados y de buena fe que
den viabilidad a ese derecho, y añadió que en México tenemos, por mandato
constitucional, el compromiso de hacer de los derechos humanos el criterio
principal en la actuación de todas las autoridades.
Jorge Vega, Presidente de la Comisión Estatal de Derechos
Humanos de SLP, se refirió a la consulta indígena como un instrumento de
diálogo y cohesión social en la toma de decisiones y resolución de conflictos,
además de que garantiza y resguarda la interculturalildad.
En las sesiones de
trabajo, Enrique Guadarrama López, Segundo Visitador General de la CNDH,
describió aspectos claros en materia de empresas y consulta previa, como
quiénes son los sujetos implicados. Mencionó que los derechos en juego son la
consulta previa y la libertad de comercio, y demandó se aclaren algunos
aspectos para determinar el alcance de la consulta y la obligatoriedad del
resultado.
El Director General de Política Pública de Derechos Humanos
de la SEGOB, Ricardo Sepúlveda, expuso los avances del Programa Nacional de
Empresas y Derechos Humanos del Gobierno Federal, basado en los principios
rectores de Naciones Unidas en la materia, donde se plantea la obligación del
Estado de proteger a pueblos y comunidades indígenas contra violaciones a
derechos humanos por parte de terceros, incluidas las empresas.
La Cuarta Visitadora General de la CNDH, Norma Inés Aguilar
León, refirió la experiencia de la Comisión Nacional sobre esta materia.
Explicó cómo en su Recomendación General 27 del año pasado, emitida por el
Organismo Constitucional, se hicieron visibles diversas violaciones a los
derechos humanos de los pueblos y comunidades indígenas que están en situación
de discriminación estructural, así como en desventaja socio-política y
económica respecto del resto de la población.
Destacó la importancia que tiene para la CNDH que la
legislación asegure la participación de esa población tomando como mínimo los
estándares nacionales e internacionales, y los cinco elementos que se precisan
en la recomendación, esto es que sea: previa, libre, informada, culturalmente
adecuada y de buena fe, haciendo énfasis en
la necesidad de utilizar interpretes para que cualquier propuesta y/o
acuerdo sea perfectamente comprendido por esas comunidades.
Por su parte, Leticia Bonifaz Alfonzo, Directora General de
Estudios, Promoción, y Desarrollo de los Derechos Humanos de la Suprema Corte
de Justicia de la Nación, habló de los juicos que ha discutido el máximo
tribunal en los que se ha violado el derecho a la consulta pública, y explicó
otros casos como la disputa de territorios de la comunidad Rarámuri en
Chihuahua y la controversia constitucional interpuesta por el municipio
purépecha de Cherán, contra los poderes Ejecutivo y Legislativo de Michoacán.
Ricardo Ríos Ferrer, Ex Presidente de la Barra Mexicana Colegio
de Abogados, A.C., explicó que la consulta previa no es un sistema homogéneo, e
hizo un breve análisis técnico de la problemática, detallando los ámbitos:
subjetivo, material, territorial y temporal.
En su participación, Leonor Quiroz Carrillo, Presidenta de
la Consejería Jurídica de COPARMEX, lamentó que en la discusión de la consulta
previa se carezca de un hilo conductor; ante un esquema tan heterogéneo, la
disparidad no abona en el respeto de los derechos humanos de los indígenas,
apuntó y urgió a las autoridades a presentar una iniciativa de ley que
establezca un marco general mínimo que haga obligatoria la consulta y permita
su aplicación en toda la República.
Carlos Ayala Corao, exrelator sobre los Derechos de los
Pueblos Indígenas de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, refirió
que en América Latina hay por lo menos 800 pueblos indígenas, con una población
de 50 millones de personas, y advirtió que de no haber diálogo y consulta se
dará un choque cultural entre una cosmovisión indígena y una visión del hombre
de origen criollo, occidental y urbano. Dijo que la consulta no es un trámite
formal, sino instrumento de participación, basado en la confianza y respeto
mutuo, que exige la ausencia de cualquier tipo de coerción por parte del Estado
o de agentes de terceros que actúan con su autorización y aquiescencia.
El especialista venezolano también habló de los estudios
donde se confirma que ninguno de los procesos de consulta han estado exentos de
crisis, deficiencias y problemas en su instrumentación, como son las normas
internas que no desarrollan los estándares internacionales y sólo restringen y
excluyen; problemas para definir el sujeto y el objeto de la consulta, y
excesiva centralización como ocurre en Colombia, o la inexistencia de alguna
entidad estatal, como en Chile, Perú, Guatemala, Brasil y Bolivia.
Tom Haeck, Oficial de Derechos Humanos de la Oficina en
México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos,
señaló que resulta saludable que en México y otros países se haya incrementado
la consulta para la realización de megaproyectos de desarrollo, sin embargo,
dijo, esto no resuelve problemas estructurales como los derechos de los pueblos
indígenas a sus tierras ancestrales, a la autodeterminación, a los alcances y
vigencia de usos y costumbres y los derechos medioambientales. Destacó que la
incorrecta aplicación de los procesos de consulta crea una situación
“perder-perder” por todos los actores involucrados, incluyendo las empresas.
Por último, la especialista canadiense Tania Caron abordó el
Convenio 169 de la OIT, ratificado por 22 países, incluido México, en el cual
se indica que los sujetos de derecho son los propios indígenas y personas
tribales, y explicó que la aplicación de ese mecanismo evita conflictos y
permite a las personas indígenas participar plenamente en la adopción de las
decisiones que les afectan.
En el marco del Seminario Internacional “Fundamentos y
práctica del derecho a la consulta previa, libre e informada de los pueblos
indígenas”, representantes de la Coordinadora de Organizaciones Campesinas e
Indígenas de la Huasteca Potosina A.C. (COCIHP) se reunieron con el Ombudsman
nacional para hacer de su conocimiento planteamientos de las problemáticas que
los aquejan y que han significado una crisis sistémica de su patrimonio
territorial y recursos para su desarrollo que de manera específica hoy tienen
contaminados sus ríos, tierra y aire, y que afectan severamente su actividad
agropecuaria.
El Presidente de la CNDH se comprometió ante los
representantes de la COCIHP a analizar la información y documentación recibida
e instruyó a la Cuarta Visitadora General, Norma Inés Aguilar León, a dar
seguimiento puntual a la queja presentada por esta organización indígena.
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