* Chiapas, Estado de enganche, destino y paso de víctimas de trata de personas
* Mujeres 71 por ciento de las víctimas de la trata de personas en el mundo
De la Mesa de Redacción Rafael Castilleja
De Arcano Político
Representan las mujeres el 71 por ciento de las víctimas de
la trata de personas en todo el mundo, establece el “Informe Mundial sobre
Trata de Personas” de la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito
(UNODC), refirió en Washington la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
(CIDH).
En México, se identifica a Tenancingo, Tlaxcala, como el
principal sitio de enganche de mujeres y niñas para la explotación sexual y que
en complicidad con los 3 niveles de gobierno, son esclavizadas y entregadas a
proxenetas en Estados Unidos, siendo los mexicanos los principales proveedores
con más de 20 mil niños al año.
Con base en estudios de la ONU, las ciudades con mayor
incidencia de ese delito son: Tijuana y Mexicali, Baja California; Nogales,
Sonora; Ciudad Juárez, Chihuahua; Acapulco, Guerrero, Cancún, Quintana Roo, Nuevo
Laredo y Matamoros, Tamaulipas; Tapachula, Chiapas; Puerto Vallarta, Jalisco; y
Los Cabos, Baja California Sur; así como el Distrito Federal, Tlaxcala,
Veracruz y Oaxaca.
Chiapas se convierte en un Estado de enganche, destino y
paso de víctimas de trata de personas, nacionales y extranjeras, la condición
de territorio fronterizo, da a la entidad una posición particular digna de
análisis por los procesos sociales y delictivos que ocurren o pasan por los espacios
limítrofes entre naciones, se menciona en el “Diagnóstico y Situación Actualdel Delito de Trata de Personas en Chiapas” de la Secretaría de Gobernación.
Un documento de la embajada de Estados Unidos en México,
señaló que la presidencia de Enrique Peña Nieto “no cumple plenamente las
normas mínimas para la eliminación de la trata de personas” y puntualiza:
“La identificación de víctimas y a la labor de las fuerzas
del orden fueron poco fiables, y no quedó claro cuántas de las condenas
mencionadas guardaron relación con la trata conforme la define el derecho internacional”.
Con ocasión del Día Mundial contra la Trata de Personas el
30 de julio, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) invita a los
Estados de la región a incorporar un enfoque de derechos humanos que incluya
medidas dirigidas a la identificación, prevención, protección, persecución y
generación de alianzas para el combate de las diversas formas de trata de
personas presentes en el continente americano.
De acuerdo con el “Informe Mundial sobre Trata de Personas”
de UNODC publicado en diciembre de 2016, las mujeres y las niñas representan el
71% de las víctimas de la trata de personas en todo el mundo, 51% mujeres 20 %
niñas.
La CIDH ha constatado que existen diversas formas de trata
de personas. La trata con fines de explotación sexual y trabajo forzoso son las
formas más identificadas.
Según el Informe de UNODC, en las Américas, las cifras de
trata para fines de explotación sexual son de 57% en Centroamérica, Caribe y Sudamérica
y 55% en Norteamérica.
Para fines de trabajo forzoso son de 39% en Norteamérica,
29% Sudamérica y 16% en Centroamérica y Caribe. Entre las otras formas de trata
mencionadas se encuentran los matrimonios forzados, la adopción ilegal, la extracción de órganos, y la mendicidad
forzada.
En el informe se registra que mientras que las mujeres y las
niñas tienden a ser traficadas para matrimonios y esclavitud sexual, los
hombres y niños suelen ser explotados para trabajos forzados. En Centroamérica
y el Caribe los niños, niñas y adolescentes representan el 62% de las víctimas.
“En las Américas aún se requiere seguir trabajando en la
definición y el conocimiento de la trata de personas y sus diferentes formas de
explotación para promover una mejor comprensión de esta problemática”, dijo el
Presidente de la CIDH, Comisionado Francisco Eguiguren. “Es importante adoptar
medidas para prevenir este delito, para contrarrestar la demanda y para
proteger a las víctimas y sobrevivientes de trata de personas en la región”.
Los estándares interamericanos en la materia pueden apoyar
una mejor precisión sobre los conceptos para la defensa y promoción de los
derechos humanos de las víctimas de la trata de personas. El derecho a no ser
sometido a esclavitud, a servidumbre, al trabajo forzoso o a trata de esclavos
y mujeres tiene un carácter esencial en la Convención Americana de Derechos
Humanos. Forma parte del núcleo inderogable de derechos, conforme dictaron los
órganos del Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
La Comisión destaca que los Estados Miembros tienen la
obligación de prevenir la trata de personas, de implementar medidas tendientes
a promover la identificación de sus víctimas, en particular en grupos en
situaciones de vulnerabilidad, tales como mujeres, niñas y niños, personas
LGBTI, migrantes, personas en situación de explotación sexual, niños y
adolescentes vinculados a pandillas o maras, y tomar las debidas medidas para
protegerlas.
Asimismo, reiteran la obligación de los Estados de actuar
con la debida diligencia para investigar la trata de personas y castigar a los
responsables, y que toda omisión a este respecto constituye una violación de
los derechos humanos.
El Comisionado Luis Ernesto Vargas Silva, Relator sobre los
Derechos de los Migrantes de la CIDH, bajo cuyo mandato también se encuentra
las víctimas de trata de personas, destacó que “la trata de personas,
especialmente de mujeres, niños y niñas, constituye un delito y una grave
amenaza para la dignidad y la integridad física de las personas, los derechos
humanos y el desarrollo”.
El Relator agregó que “los Estados deben aplicar medidas
tales como campañas de información y difusión para prevenir y combatir la trata
de personas. Además, deben adoptar medidas para proteger a las víctimas contra
un nuevo riesgo de victimización”.
La Comisionada Esmeralda Arosemena de Troitiño, Relatora
sobre los Derechos de la Niñez, señaló que “es importante que las políticas
públicas den respuesta a trata de personas observen el interés superior del
niño, la niña y los adolescentes” y en ese sentido agregó que “los Estados
deben hacer frente a los factores sociales, económicos, culturales, políticos u
otros que agravan la situación de vulnerabilidad a la trata, incluyendo la
violencia y los conflictos armados, la violencia sexual, la discriminación, la
exclusión y marginación sociales”.
Por su parte, la Relatora sobre los Derechos de las Mujeres,
Comisionada Margarette May Macaulay, destacó que “la discriminación de género y
el machismo presentes en muchos países de la región son factores que explican
el impacto desproporcionado que tiene la trata de personas en la victimización
de mujeres”.
La Comisionada recuerda que “la trata de personas constituye
una forma de violencia contra las mujeres según lo previsto en la Convención de
Belem do Pará y una manifestación de las relaciones de poder históricamente
desiguales entre mujeres y hombres”.
La CIDH destaca que los países aprobaron la Agenda 2030 para
el Desarrollo Sostenible que incluye entre los objetivos y metas el combate a
la trata de personas, así como el combate a todas las formas de violencia y
explotación contra las mujeres y niñas.
El Secretario Ejecutivo de la CIDH, Paulo Abrão, instó a los
Estados a que “brinden respuestas eficaces de la justicia penal ante la trata
de personas, centradas en atender las necesidades de protección y asistencia de
distintos grupos y víctimas, con pleno respeto de sus derechos humanos”.
El Secretario llama la atención al hecho de que “hay
situaciones en que las personas son víctimas de trata en los movimientos
migratorios mixtos, dado el aumento de la vulnerabilidad de los migrantes y los
refugiados a la trata de personas”.
La Declaración Interamericana para Enfrentar la Trata de
Personas de 2014, Declaración de Brasilia, reconoce la necesidad de desarrollar
y perfeccionar políticas de migración, nacionales y sub-regionales, de modo que
se impida la violación de los derechos humanos de las personas migrantes y la
vulnerabilidad a la trata de personas que acompaña al incremento de los
movimientos migratorios.
En este sentido, la CIDH recuerda a los Estados Miembros sus
compromisos políticos y sus obligaciones jurídicas en la prevención y combate a
la trata de personas, reiterando su deber de adoptar medidas integrales en
materia de trata de personas y de promover respuestas amplias, coordinadas y sistemáticas
para hacer frente a la trata de personas.
Para enfrentar la trata es importante también reforzar el
involucramiento del sistema de justicia, de otros niveles de gobierno y del
sector privado, por ejemplo, a fin de ampliar las redes que se comprometen y
promueven acciones de lucha contra la trata, no solo desde la perspectiva
criminal, sino que de prevención, de identificación temprana de la trata y de
atención a las personas que pasan por esta situación.
Asimismo, fortalecer la articulación entre distintas
políticas públicas para una respuesta integral a la trata de personas, como son
los mecanismos de coordinación integrados (mesas interinstitucionales, planes
de acción conjuntos, articulación entre niveles de gobierno y con otros
poderes, entre otros), desde un enfoque basado en los derechos humanos”.
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