* 9 de agosto, Día Internacional de los Pueblos Indígenas
De la Mesa de Redacción Rafael Castilleja
De Arcano Político
Los burladores. |
Considera importante la Comisión Nacional de los Derechos
Humanos (CNDH), reconocer que existe una profunda asimetría entre las acciones
realizadas por el Estado mexicano y la realidad imperante en los pueblos y
comunidades indígenas del país.
Aún sufren problemáticas que afectan sus derechos al
territorio, a la consulta previa, la identidad cultural, la libre
determinación, la propiedad intelectual; y que se agudizan con la falta de
salvaguardas efectivas en el acceso a la justicia, la criminalización a líderes
y defensores indígenas, y en ocasiones el desplazamiento forzado, provocado por
contextos de violencia existentes en algunas zonas del país.
En ese contexto, la Comisión Nacional de los Derechos
Humanos como parte de su mandato constitucional, ha realizado diversas acciones
para coadyuvar en la materialización de la protección y garantía efectiva de
los derechos humanos de los pueblos y comunidades indígenas.
Como parte de dichas medidas, este Organismo Nacional en julio
del año 2016, emitió la Recomendación General 27 “sobre el derecho a la
consulta previa de los pueblos y comunidades indígenas de la República
Mexicana”. En la Recomendación se instó a diversas autoridades federales y
estatales, para que emitan una ley específica sobre consulta previa y se
exhortó a los distintos órdenes de gobierno y a las empresas privadas a cumplir
con las obligaciones y responsabilidades que tienen en relación con la garantía
y respeto de los derechos humanos de los pueblos indígenas, particularmente de
aquellos que se encuentran en una situación de especial vulnerabilidad.
En el mismo sentido, cabe destacar la importancia que tiene
el cumplimiento de los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos
Humanos de la ONU, como parámetro de responsabilidad legal y ética que las
empresas tienen en relación con los derechos humanos en sociedades
democráticas, especialmente en contextos de proyectos extractivos o de gran
escala, que pudieran conllevar profundas afectaciones a los pueblos y
comunidades indígenas.
Por lo anterior, en ocasión del Día Internacional de los
Pueblos Indígenas –9 de agosto—, la CNDH insta a todas las autoridades del
Estado mexicano para que en el ámbito de sus competencias realicen todas las
medidas necesarias para garantizar y proteger de forma plena los derechos
humanos de los pueblos y comunidades indígenas del país.
Para la Comisión Nacional, es fundamental destacar la
importancia de fortalecer una sociedad incluyente, regida por el respeto a la
diversidad y los principios del pluralismo, la multiculturalidad,
interculturalidad y la educación en la igualdad.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, se suma a la
conmemoración del “Día Internacional de los Pueblos Indígenas” con el fin de
exhortar a la sociedad mexicana a reflexionar sobre la importancia de
visibilizar y respetar los derechos de los pueblos indígenas, no solo de
México, sino del mundo.
En cuanto a esta fecha conmemorativa, la Asamblea General de
las Naciones Unidas estableció el 9 de agosto como el Día Internacional de los
Pueblos Indígenas, con el objetivo primordial de darles reconocimiento,
visibilizarlos y promover el respeto a sus derechos humanos.
A propósito de ello, la Comisión Nacional recuerda la
importancia de diversos instrumentos internacionales, como la Declaración de
las Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, la cual fue
aprobada hace una década, luego de 20 años de discusión, y contiene deberes
directos para el Estado mexicano, en tanto, este instrumento refleja un alto
nivel de consenso internacional en la materia, y contiene disposiciones básicas
que deben ser consideradas como fuente del derecho internacional de los derechos
humanos de los pueblos indígenas.
Dicha Declaración, junto con el Convenio 169 de la OIT, el
artículo 2° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la
reforma constitucional en materia de derechos humanos de 2011 han permitido a esta
Comisión Nacional, como parte de su mandato constitucional, desarrollar
acciones para el reconocimiento de la diversidad cultural, política, económica
y social de estos pueblos, así como impulsar políticas públicas que respeten
sus sistemas internos de normas y, especialmente, proporcionar la defensa
necesaria a mujeres y hombres indígenas, la emisión de recomendaciones
generales y por casos individuales, así como la promoción y difusión de los
derechos de los pueblos indígenas para el cumplimiento de los Objetivos de la
Agenda 2030 de la ONU.
Finalmente, la CNDH alienta a todos los sectores
involucrados, para generar acciones conjuntas encaminadas a eliminar los
obstáculos y las brechas existentes en la protección efectiva de los derechos
humanos de los pueblos y comunidades indígenas del país.
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