miércoles, 16 de agosto de 2017

Condena CIDH asesinato del periodista Luciano Rivera en México

De la Mesa de Redacción Rafael Castilleja
De Arcano Político


Condena en Washington, la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena el asesinato del periodista Luciano Rivera, director de la revista Dictamen y reportero de CNR TV, en México e insta al Estado a investigar el crimen con la debida diligencia y esclarecer su posible relación con la actividad periodística.

De acuerdo a la información disponible, el periodista Rivera fue asesinado en la madrugada del 1 de agosto en el municipio de Playas de Rosarito, estado de Baja California. Cinco individuos habrían entrado en el bar donde se encontraba y uno de ellos disparó al periodista. Según información suministrada por el Estado,  ese mismo día la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometidos contra la Libertad de Expresión (FEADLE) giró oficio al agente del ministerio público de Playas el Rosarito con el fin de solicitar copias cotejadas de la carpeta de investigación e inició una investigación.

Las autoridades locales informaron que uno de los presuntos involucrados fue detenido. Según información disponible, el arma utilizada en el crimen está relacionada con al menos tres otros asesinatos. El 1 de agosto la subprocuradora de Baja California, Patricia Ortega, habría declarado a la prensa local que no hay indicios de que el asesinato de Rivera tenga relación con su labor periodística.

Según la información disponible, los autores materiales del asesinato huyeron utilizándose del mismo taxi en que habían llegado a la escena del crimen. Asimismo, en su trabajo periodístico Rivera había estado publicando denuncias contra la policía local, investigaciones sobre hechos de violencia eventualmente relacionados con el crimen organizado y casos relacionados a la seguridad pública de Playa de Rosarito.

La Relatoría Especial llama al Estado mexicano a investigar de forma completa, efectiva e imparcial este crimen, esclarecer sus móviles, y determinar judicialmente la relación que pudieran tener con la actividad periodística y la libertad de expresión. Las autoridades no deben descartar al ejercicio del periodismo como un móvil del asesinato y/o agresión antes de que se complete la investigación.

La Relatoría Especial recuerda al Estado que, sobre la impunidad de los crímenes relacionados a la libertad de expresión, es fundamental agotar la línea de investigación relativa al ejercicio de la profesión en casos de delitos cometidos contra periodistas, así como proveer con recursos adecuados y personal especializado a las instituciones encargadas de la investigación de este tipo de asuntos.

Tanto la Comisión como la Corte IDH se han referido al efecto amedrentador que los crímenes contra periodistas tienen para otros y otras profesionales de los medios de comunicación, así como para los y las ciudadanas que pretenden denunciar abusos de poder o actos ilícitos de cualquier naturaleza. Este efecto amedrentador solo podrá evitarse, según afirma la Comisión Interamericana, "mediante la acción decisiva del Estado para castigar a quienes resulten responsables, tal como corresponde a su obligación bajo el derecho internacional y el derecho interno".


El principio 9 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la CIDH señala: "[e]l asesinato, secuestro, intimidación, amenaza a los comunicadores sociales, así como la destrucción material de los medios de comunicación, viola los derechos fundamentales de las personas y coarta severamente la libertad de expresión. Es deber de los Estados prevenir e investigar estos hechos, sancionar a sus autores y asegurar a las víctimas una reparación adecuada".

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