jueves, 9 de marzo de 2017

Tarda México dos años para responder a restricciones ticas al aguacate

De la Mesa de Redacción Rafael Castilleja
De Arcano Político


El "tardadito" no solo en el TLC y su excesiva
prudencia con el nieto del fundador del Ku Kus Klan,
Donald Trump, sino también con Costa Rica.
Foto de archivo.
Considera México injustificada técnica y científicamente la restricción impuesta por Costa Rica a la importación de aguacate mexicano a partir de mayo de 2015 y casi dos años después, presentó ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) el inicio de consultas para llegar a una solución mutuamente satisfactoria.

México factura 12 mil de las 15 mil toneladas de aguacate adquiridas por Costa Rica. Aducen los compradores que la especie hass pueden tener la enfermedad asintomática Sunblotch que afecta los árboles en Michoacán.

Se sumó la franquicia Subway en el que anuncia que sus sándwich no podían tener este ingrediente debido a una escasez del producto: "Estimado cliente, le informamos que por razones ajenas a las operaciones de Subway Costa Rica, por tiempo limitado no contamos con aguacate", se leía en los carteles que la cadena de comida rápida puso en sus establecimientos y que los usuarios costarricenses empezaron a subir a Facebook.

En el comunicado 030/2017 de la Secretaría de Economía, a cargo del neoleonés Ildefonso Guajardo Villarreal, se informó que México solicitó hoy, formalmente, ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) el inicio de consultas con Costa Rica, para llegar a una solución mutuamente satisfactoria respecto de las restricciones a la importación de aguacate mexicano impuestas por ese país.

La presente controversia tiene su origen en las restricciones que impuso Costa Rica al aguacate mexicano en mayo de 2015, después de más de dos décadas de comercio ininterrumpido con México, por la supuesta presencia del viroide de la mancha del sol del aguacate (Avocado Sunblotch Viroid), lo cual ha impedido la exportación del aguacate mexicano a ese país y ha privado a los consumidores costarricenses de un producto de alta calidad.

Si bien los países Miembros de la OMC tienen el derecho legítimo a establecer medidas sanitarias y fitosanitarias, para proteger la salud y la vida de las personas y de los animales o para preservar los vegetales, éstos deben cumplir con ciertas obligaciones. La principal de ellas es basar su medida en principios científicos y no mantenerla sin testimonios científicos suficientes.

México considera que la restricción impuesta por Costa Rica no está justificada técnica ni científicamente y, por ello, es contraria a los principios fundamentales de la OMC reflejados en el Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias.

De acuerdo con las reglas de la OMC, Costa Rica cuenta con 10 días para dar respuesta a la solicitud de México y con 30 días para celebrar las consultas. En caso de no alcanzar una solución mutuamente satisfactoria, México podrá solicitar el establecimiento de un panel ante la propia OMC, el cual deberá determinar la legalidad de las medidas adoptadas por Costa Rica.


Cabe señalar que México ha mantenido discusiones, desde hace aproximadamente dos años, a nivel técnico con Costa Rica en diversos foros, incluyendo el Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC. Desafortunadamente, estas discusiones no permitieron que Costa Rica eliminara las restricciones sanitarias impuestas a la importación de aguacate mexicano, por lo que el gobierno de México decidió iniciar un procedimiento formal de solución de diferencias ante ese Organismo.

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