De la Mesa de Redacción Rafael Castilleja
De Arcano Político
Preocupa a la Comisión Interamericana la iniciativa
legislativa de reforma a la Ley de Reconciliación Nacional en la República de
Guatemala. Dicha iniciativa, actualmente en discusión en el Congreso, vulnera
los compromisos internacionales del país en materia de memoria, verdad y
justicia, en particular en lo referente a amnistías.
En un comunicado difundido este 25 de enero en Washington la
CIDH reuerda que el día 17 de enero de 2019, la Cámara de Diputados aprobó la
iniciativa 5377 que impulsa una reforma al Decreto 145-96, Ley de Reconciliación
Nacional.
Esta ley, sancionada en 1996, incluye una disposición de
amnistía para delitos comunes, mientras exceptúa expresamente los delitos de
genocidio, desaparición forzada y tortura.
La propuesta de reforma de la ley que hoy se encuentra en
discusión en el Congreso amplía la amnistía a dichos delitos. En especial,
incorpora una disposición de amnistía y sobreseimiento tanto para las personas
que pertenecieron a la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca (URNG) como
para las autoridades del Estado que estuviesen procesadas o condenadas por
graves violaciones a los derechos humanos, ya fuese como autores, cómplices o
encubridores, y establece, asimismo, que se debe ordenar su libertad en el
plazo de veinticuatro horas.
En el mismo sentido, la iniciativa propone sobreseer
definitivamente a aquellos que cometieron delitos tipificados en el Código
Penal y otros cuerpos legales vigentes al 27 de diciembre de 1996 cuando
hubiesen sido perpetrados con el fin de prevenir, impedir, perseguir o reprimir
acciones de la URNG o sus unidades integrantes.
En reiteradas oportunidades, la CIDH y la Corte
Interamericana de Derechos Humanos han establecido que las disposiciones de
cualquier naturaleza –sean legislativas, administrativas u otras- que impidan
la investigación y sanción de los responsables de graves violaciones a los
derechos humanos, son incompatibles con las obligaciones de los Estados en
materia de derechos humanos.
La Comisión en sus informes y la Corte Interamericana en
reiteradas sentencias, han establecido que son inadmisibles las disposiciones
de amnistía, las disposiciones de prescripción y el establecimiento de
excluyentes de responsabilidad que pretendan impedir la investigación y sanción
de los responsables de las violaciones graves de los derechos humanos tales
como la tortura, las ejecuciones sumarias, extralegales o arbitrarias y las
desapariciones forzadas, todas ellas prohibidas por contravenir derechos
inderogables reconocidos por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
La Comisión reitera que los delitos de lesa humanidad tienen
una serie de características diferenciadas del resto de los delitos por los
fines y objetivos que persiguen, entre ellas el concepto de la humanidad como
víctima y su función de garantía de no repetición de atentados contra la
democracia y de atrocidades inolvidables.
Al respecto, la Comisionada Antonia Urrejola Noguera,
Relatora para la Unidad Memoria, Verdad y Justicia, expresó que “avalar
amnistías en casos de graves violaciones a los derechos humanos no sólo
contraviene los estándares y jurisprudencia interamericana, sino que en
particular constituye un nuevo sufrimiento más para las víctimas y sus
familiares". Por su parte, la Relatora para Guatemala, Esmeralda Arosemena
de Troitiño, enfatizó: “la Comisión reafirma su compromiso histórico con las
víctimas y con todos y todas quienes luchan contra la impunidad”.
Finalmente, la CIDH alienta y acompaña a todos los sectores
democráticos del país en sus esfuerzos en la lucha contra la impunidad y expresa
su compromiso para continuar monitoreando la lucha por la memoria, la verdad y
la justicia en Guatemala. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos urge
al Estado de Guatemala a abstenerse de reformar la Ley de Reconciliación
Nacional.
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