De la Mesa de Redacción Rafael Castilleja
De Arcano Político
Emitió la Recomendación 09/2017, la Comisión Nacional de los
Derechos Humanos (CNDH) dirigida al Director General del Instituto Mexicano del
Seguro Social (IMSS), Mikel Andoni Arriola Peñalosa, por inadecuada atención
médica en agravio de una mujer de 32 años de edad, que derivó en la pérdida del
producto de la gestación, en el Hospital General de Zona con Medicina Familiar
6, en Ocotlán, Jalisco.
El Organismo Nacional constató que actos y omisiones del
personal médico de dicho hospital vulneraron los derechos de la víctima a la
protección de la salud y a la información en materia de salud, ya que hubo
omisiones en la integración del expediente clínico de la mujer.
El 29 de febrero de 2016, la CNDH recibió la queja del
esposo de la víctima, quien declaró que alrededor de la semana 28 del embarazo,
a la mujer le fue detectado un problema de glucosa, que podría tratarse de
diabetes gestacional.
Previamente, el 12 de febrero de ese año, la mujer acudió al
citado hospital donde se le informó del posible parto adelantado, intervención
programada para la segunda semana del mes de marzo, Aunque le fue suministrado
medicamento, al día siguiente un doctor se lo suspendió, para prepararla para
el nacimiento del bebé.
Dos días después fue ingresada al área de tococirugía, donde
una ginecóloga le informó que “el parto estaba normal, el tiempo era normal, que
hacer una cesárea era riesgoso para ambos”, a las 14:40 horas del 15 de febrero
de 2016 la misma doctora le avisó que su hijo “había nacido con ritmo cardiaco
débil y que había muerto”.
El quejoso señaló a la CNDH que el personal del hospital
intentó hacerles creer que el fallecimiento del producto de la gestación fue
por causas naturales de su corazón, sin embargo, en contraste, al realizarle
estudios generales del estado del ritmo cardiaco, placenta, oxigenación y
líquido, en dos ocasiones diferentes se les informó que no se detectó problema
alguno.
Con motivo de la responsabilidad en que incurrió el personal
médico del Hospital General de Zona, la CNDH pide al IMSS tomar las medidas
conducentes para reparar el daño a la mujer y a su esposo, conforme a la Ley
General de Víctimas, que incluya indemnización o compensación, atención médica
y psicológica.
También, diseñar e impartir en ese nosocomio capacitación en
materia del derecho a la protección de la salud materna; de actualización en la
detección y tratamiento de la diabetes en el embarazo, y la debida observancia
de la Norma NOM-007-SSA2-2016 para la atención de la mujer durante el embarazo,
parto y puerperio y de la persona recién nacida, y la NOM-004-SSA3-2012 del
expediente clínico.
Implementar un programa basado en estándares nacionales e
internacionales que incluya medidas de prevención, diagnóstico, tratamiento,
monitoreo de la diabetes durante el embarazo, y de difusión de la información
sanitaria necesaria para su tratamiento oportuno y detectar factores de riesgo
a las pacientes; exhortar al personal a entregar copia de la certificación y
recertificación que tramiten ante los Consejos de Especialidades Médicas,
colaborar con la CNDH en la queja administrativa para iniciar procedimiento
disciplinario ante el Órgano Interno de Control del IMSS, así como en la
denuncia ante la Procuraduría General de la República, contra la mencionada
doctora y quien resulte responsable.
Esta Recomendación, que ya fue debidamente notificada a su
destinatario, puede consultarse en la página www.cndh.org.mx
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