* En las Américas habitan 50 millones de personas que se
autodefinen indígenas
* “Hito histórico de las Américas”
* Que puntos reconoce la Declaración
* Derechos colectivos
* Puntos clave de la Declaración
De la Mesa de Redacción Rafael Castilleja
De Arcano Político
Cuándo Héctor Huertas participó en 1999 en la primera
reunión para desarrollar una Declaración americana sobre los Pueblos Indígenas,
pensó que el final del camino estaba cerca. Ni él ni nadie en aquella sala en
Washington, DC podía imaginar que el trayecto no concluiría hasta 17 años más
tarde.
Ese tren llegó el 15 de junio de 2016, a su destino, en la
Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (OEA) en Santo
Domingo, donde los Estados Miembros aprobaron por aclamación la Declaración
Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
La declaración es el primer instrumento en la historia de la
OEA que promueve y protege los derechos de los pueblos indígenas de las
Américas.
Huertas, abogado y líder indígena panameño del pueblo Guna,
participó no sólo en la reunión inaugural, sino en todo el proceso que duró más
de tres lustros. De ahí su visible satisfacción al hablar hoy ante la Asamblea
General tras aprobarse la Declaración. “Es una deuda histórica que cumple la
OEA con los pueblos indígenas, porque reconoce los derechos de los 50 millones
de indígenas que habitan las Américas”, dijo.
Huertas destacó que la Declaración define un nuevo esquema
para las relaciones entre los Estados y los Pueblos Indígenas, como el respeto
a los derechos humanos, y los incluye en la consideración de temas como el
desarrollo sostenible.
“La Declaración también realiza cambios profundos dentro de
los Estados, que permiten realmente una verdadera democracia y la participación
de los indígenas dentro de cada uno de los Estados. Se reconoce el derecho a la
libre-determinación, a las tierras, los recursos y sobre todo al consentimiento
previo, libre e informado”, afirmó.
“La OEA está inaugurando una nueva etapa de relaciones a
través de un instrumento que puede permitir que los indígenas puedan participar
en todos los temas relacionados con el desarrollo dentro del Hemisferio.
Incluso vamos a solicitar participar en la OEA como pueblos indígenas, y no
como sociedad civil”, agregó Huertas.
“Hito histórico de las Américas”
Adelfo Regino Montes, abogado y líder indígena mexicano del
pueblo Mixe de Oaxaca, también estuvo presente en Santo Domingo, donde a su
juicio se logró “este hito histórico de las Américas”.
Regino Montes expresó que la Declaración es un avance tanto
en los derechos a nivel individual como a nivel colectivo, porque reconoce
derechos fundamentales como “la libre determinación y autonomía, los derechos a
las tierras y los territorios, lo que es muy importante porque en el caso de
países como México o Brasil, entre otros, las selvas se han preservado gracias
a los indígenas”.
El representante del pueblo Mixe valoró que la Declaración
incluya la cuestión de la “consulta libre previa”, que obliga a los Estados a
informar a los pueblos indígenas sobre la realización de proyectos de
infraestructura o de desarrollo antes de ser ejecutados. “Es importante que se
reconozca que, antes de tomar medidas administrativas o legislativas, se debe
hacer una consulta para saber la opinión de los pueblos que sean susceptibles
de ser afectados. Lamentablemente en el pasado nuestros pueblos han sufrido la
imposición de proyectos”, añadió.
La Declaración reconoce:
La organización colectiva y el carácter pluricultural y
multilingüe de los pueblos originarios
La auto-identificación de las personas que se consideran
indígenas
Una protección especial a los pueblos en aislamiento
voluntario o en contacto inicial -como algunos pueblos amazónicos-, un elemento
que lo distingue de otras iniciativas en la materia.
Que avanzar en la promoción y protección efectiva de los
derechos de los pueblos indígenas de las Américas es una prioridad de la OEA.
Derechos colectivos
El Canciller de Bolivia, David Choquehuanca, resaltó que la
Declaración reconoce “todos los derechos, no solamente los derechos humanos
-que son individuales-, sino también los colectivos, como los derechos
económicos, sociales y culturales”. “Por eso celebramos que en República
Dominicana se haya aprobado esta Declaración sobre los Derechos de los Pueblos
Indígenas de la Organización de los Estados Americanos”, agregó el Canciller
Choquehuanca.
Chile, Colombia, Ecuador, México Nicaragua y Perú celebraron
en el plenario de la Asamblea por la aprobación de la Declaración. El Director
General Adjunto para Asuntos Hemisféricos y de Seguridad de México, Juan
Gabriel Morales, resaltó que se trata del “primer documento hemisférico que
busca promover y proteger los derechos de los pueblos indígenas de las
Américas, y junto con la Declaración de las Naciones Unidas es un instrumento
básico para la supervivencia, dignidad, bienestar de los pueblos indígenas de
nuestro hemisferio”. “La Declaración destaca el reconocimiento y respeto de los
derechos de los pueblos indígenas a su actuar colectivo, a sus sistemas o
instituciones jurídicas, sociales, políticas o económicas”, agregó el
representante mexicano.
El vicecanciller de Nicaragua, Denis Moncada, sostuvo que la
adopción de la Declaración se trata de una “reivindicación histórica a favor de
los pueblos originarios de las Américas que han sufrido las secuelas del
colonialismo y el neocolonialismo, y con ello el exterminio de su población, la
segregación, la exclusión, así como la pérdida de su hábitat natural”. “No
podemos negar la importante contribución de los indígenas de las Américas a la
riqueza multicultural, multilingüe, que han aportado a nuestras sociedades”,
agregó.
La CIDH ya sostuvo en los años 70 que, por razones
históricas, principios morales y humanitarios, era un compromiso sagrado de los
Estados proteger especialmente a los pueblos indígenas. En 1990 la Comisión
creó la Relatoría sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, con el objeto de
brindar atención a los pueblos que se encuentran especialmente expuestos a
violaciones de derechos humanos por su situación de vulnerabilidad y de
fortalecer el trabajo de la propia Comisión en el área.
Puntos clave de la Declaración
La autoidentificación como pueblo indígena es determinante
para determinar a quienes aplica la Declaración
Los indígenas tienen derecho a la libre determinación
Igualdad de género: las mujeres indígenas tienen derechos
colectivos indispensables para su existencia, bienestar y desarrollo integral
como pueblos
Las personas y comunidades indígenas tienen el derecho de
pertenecer a uno o varios pueblos indígenas, de acuerdo con la identidad,
tradiciones y costumbres de pertenencia a cada pueblo
Los Estados reconocerán plenamente su personalidad jurídica,
respetando las formas de organización y promoviendo el ejercicio pleno de los
derechos contenidos en la Declaración
Tienen derecho a mantener, expresar y desarrollar libremente
su identidad cultural
Tienen derecho a no ser objeto de forma alguna de genocidio
Tienen derecho a no ser objeto de racismo, discriminación
racial, xenofobia ni otras formas conexas de intolerancia
Tienen derecho a su propia identidad e integridad cultural y
a su patrimonio cultural
Tienen derecho a la autonomía o al autogobierno en cuestiones
relacionadas con asuntos internos
Los pueblos indígenas en aislamiento voluntario o en
contacto inicial, tienen derecho a permanecer en dicha condición y vivir
libremente y de acuerdo a sus culturas
Tienen los derechos y las garantías reconocidas por la ley
laboral nacional y la ley laboral internacional
Tienen derecho a las tierras, territorios y recursos que
tradicionalmente han poseído, ocupado o utilizado o adquirido
En Arcano Radio, asociada a RNU y a RFI, otra forma de
escuchar para ver el mundo, les compartimos la declaración de Huertas, abogado
y líder indígena panameño del pueblo Guna:
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