* Se intenta evitar mayores daños colaterales a la administración Peña
* Manejó evidencias que nunca integró al expediente de Ayotzinapa
* Se perfila como el autor de la "verdad histórica" de Murillo Karam
De la Mesa de Redacción Rafael Castilleja
De Arcano Político
Investiga la PGR a su Director en Jefe de la Agencia de
Investigación Criminal, Tomás Zerón de Lucio y demás funcionarios que visitaron
el 28 de octubre de 2014 las inmediaciones del Río San Juan, en Cocula,
Guerrero, ante los desmentidos de organismos internacionales de haberle
acompañado y señalamientos de omisión de integrar evidencias.
En una conferencia de prensa el miércoles 27 de abril, el
funcionario federal afirmó tener las facultades para haber visitado con su
personal el basurero en que el hildaguense Jesús Murillo Karam, ex procurador
General de la República, apuntala su “verdad histórica” de que los normalistas los
incineraron y arrojadas sus cenizas al Río San Juan.
El Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes
(GIEI) arremetió el jueves 28 de abril contra Tomás Zerón de Lucio, titular de
la Agencia de Investigación Criminal (AIC), cuya actuación en el caso
Ayotzinapa, consideró, “está en contradicción con los estándares mínimo
internacionales en la investigación de los hechos”.
También acusaron a Zerón de Lucio de haber manipulado el
video que mostró a la prensa este miércoles, para justificar la existencia de
testigos (Marinos e incluso integrantes del Alto Comisionado de Naciones
Unidas) durante el ilegal traslado de Agustín García Reyes, El Chereje, testigo
clave en la “verdad histórica” de la PGR, al Río San Juan.
Casi simultáneamente, “la Oficina en México del Alto
Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) se
permite precisar que, arribó en un helicóptero de la PGR al campo de fútbol de
Cocula el 28 de octubre de 2014 alrededor de las 16:10 horas para trasladarse
de manera inmediata al basurero de Cocula. La visita tuvo el objetivo de
documentar los supuestos hallazgos relacionados con la desaparición de los 43
estudiantes de Ayotzinapa en el mencionado basurero, en el marco de su mandato
de observación”.
Añade: “La ONU-DH nunca llegó al Río San Juan, y por ende no
fue testigo de las diligencias practicadas por la PGR en la zona; tampoco tuvo
conocimiento de la presencia del Sr. Agustín García Reyes. Por lo anterior, la
ONU-DH manifiesta su extrañamiento por la mención a su presencia y rol en
actividades de la PGR en las que nunca participó, así como por la innecesaria
exposición mediática de la imagen y los nombres de una funcionaria y un
exfuncionario de esta Oficina”.
Se quedó en una posición insostenible a nivel nacional e
internacional, el director de la Agencia de Investigación Criminal de la
Procuraduría General de la República (PGR), Tomás Zerón de Lucio, y para evitar
mayores daños a la evidenciada administración del señor Enrique Peña Nieto, por
la investigación de la desaparición de 43 normalistas de Ayotzinapa la noche
del 26 al 27 de septiembre de 2014, la PGR emitió el comunicado 597/16, que les
compartimos íntegro:
PGR Informa. Comunicado 597/16
Ciudad de México
En relación con los hechos registrados el 28 de octubre de
2014, en las inmediaciones del Río San Juan, en Cocula, Guerrero, la
Procuraduría General de la República informa:
Con fecha 27 de abril del presente, la Oficina de
Investigación del Caso Iguala, adscrita a la Subprocuraduría de Derechos
Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad, dio vista de este
asunto a la Visitaduría General para que en pleno ejercicio de sus
atribuciones, proceda a investigar la actuación de los servidores públicos de
la Institución en estos hechos y, en su caso, finque las responsabilidades
correspondientes.
La Visitaduría General, como establece el artículo 21 de la
Ley Orgánica de la PGR, es el órgano de supervisión, inspección, fiscalización,
evaluación técnico-jurídica y control de los agentes del Ministerio Público de
la Federación, de los agentes de la Policía Federal Ministerial, de los
oficiales ministeriales, de los peritos, y de los demás servidores públicos de
la Institución en lo que se refiere a las funciones sustantivas que realizan,
así como de investigación de los delitos en que eventualmente incurran.
Asimismo, se dio intervención al Órgano Interno de Control,
para que en el ámbito de sus atribuciones determine si se incurrió en alguno de
los supuestos de responsabilidad, previstos en el artículo 8 de la Ley Federal
de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
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