* Ha sostenido una política “discrecional, vertical y autoritaria”
Por Mario Luis ALTUZAR SUÁREZ
De Arcano Político
El ultrasalinista Basilio González Núñez cobra 73 mil
pesos
mensuales de “salario mínimo” en premio de
favorecer a transnacionales y
empobrecer a mexicanos.
Foto de archivo.
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Padecen los salarios mínimos mexicanos una política “discrecional,
vertical y autoritaria” controlada desde 1991 por el ultrasalinista enriquecido
Basilio González Núñez que dice destinar más de 28 millones de pesos de su
presupuesto federal anual a pagar la elaboración de estudios económicos para
determinar el incremento en el salario mínimo.
Cumplirá 74 años el 5 de febrero con un “salario” ¿mínimo?, de
173 mil pesos mensuales en 2017 más prestaciones y gastos personales, desde
1991 en que fue nombrado por Carlos Salinas de Gortari en la Comisión Nacional
de los Salarios Mínimos que surgió en 1987. Es equivalente a millón y medios de
pesos al año contra 27 mil de un asalariado.
En México, la determinación de los salarios mínimos no ha
tenido fundamentos legales ni técnicos; ha sido una política “discrecional,
vertical y autoritaria”. La labor en estos momentos es detener su caída y
estancamiento, iniciándose su recuperación de forma gradual pero sostenida,
señaló el diputado federal perredista capitalino Arturo Santana Alfaro.
Propuso una iniciativa que reforma el artículo 123 de la
Constitución Política, para crear el Instituto Nacional de los Salarios Mínimos
como un organismo dedicado a analizar los factores que intervienen en la
determinación de este indicador, y desaparecer la Comisión Nacional de los
Salarios Mínimos (Conasami).
Destacó que urge una estrategia inmediata de recuperación
salarial, como objetivo de la política económica y no como resultado indirecto
y postergado.
Santana Alfaro, vicepresidente de la Mesa Directiva de la
Cámara de Diputados, expuso que el Congreso debe generar condiciones para
constituir un gran acuerdo nacional político, económico y social, con
empresarios y trabajadores para propiciar condiciones que lleven a la
recuperación salarial.
Ésta, apuntó, es la base del bienestar social; “de otra
forma, ninguna política social será suficiente para saldar los rezagos que
enfrentamos. No tiene sentido hacer consultas ante lo obvio: es momento de
buscar acuerdos. Su urgencia es evidente”.
Precisó que el instituto propuesto tendría autonomía técnica
y analizaría los factores que intervienen en la determinación de un salario
constitucional, como inflación, precio de la canasta básica, líneas de pobreza
establecidas por el Consejo Nacional para la Evaluación de la Política de
Desarrollo Social, productividad, crecimiento económico, generación del empleo
y cualquier otro que incida en el costo de la vida.
La labor del nuevo organismo sería considerar elementos
técnicos y objetivos para el cálculo del salario, sin esperar su fijación anual
por parte del Ejecutivo, a través de un decreto como ocurre hasta ahora.
El diputado del PRD argumenta en su iniciativa que la
Conasami no tiene razón de existir; la función de definir los salarios mínimos
está delegada al Consejo de Representantes que “es dirigido por el presidente
de la Comisión, nombrado por el Presidente de la República”.
Se requiere revisar las instituciones que definen el
salario, ya que actualmente se fija por una comisión que “ha operado en contra
del trabajador; no tiene razón de ser, es un elefante blanco que consume
recursos y no hace aportaciones reales para el cumplimiento de sus funciones
constitucionales y legales, al no fundamentar los aumentos”.
Conforme al documento también suscrito por diversos
diputados del PRD, los salarios mínimos se establecerán en forma anual y podrán
revisarse e incrementarse en cualquier momento en el curso de su vigencia con
fundamentada justificación y de conformidad con la ley, a propuesta del
Instituto Nacional de los Salarios Mínimos.
El instituto estaría integrado por un presidente y cuatro
consejeros, ciudadanos de reconocido prestigio en el sector académico y
profesional, con experiencia mínima de diez años en materia laboral y que no
pertenezcan a algún partido político o hayan sido candidatos a ocupar un cargo
de elección popular.
Serían nombrados por dos terceras partes de los miembros
presentes de la Cámara de Diputados a propuesta de los grupos parlamentarios;
dicho nombramiento podrá ser impugnado por única vez por el Presidente de la
República y, si no lo hiciere, el cargo sería ocupado por la persona nombrada por
la Cámara de Diputados.
El presidente y los consejeros del Instituto Nacional de los
Salarios Mínimos desempeñarían su encargo por un periodo de siete años en forma
escalonada y podrían ser reelectos por una sola vez y sólo removidos de sus
funciones en los términos del título cuarto constitucional.
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