lunes, 17 de julio de 2017

Sospechosa inactividad y desatención de Juan Oscar Trinidad Palacios en la CEDH

De la Mesa de Redacción Rafael Castilleja
De Arcano Político


Inactividad y desatención sospechosas de Juan Oscar Trinidad Palacios, presidente de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Chiapas, dejó en la indefensión a una persona privada de la libertad en “El Amate” en Cintalapa, denuncio en la Ciudad de México este lunes 17 de julio la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

Protegido del gobernador Manuel Velasco Suárez, Juan Oscar Trinidad Palacios cuenta con un amplio expediente de indolencia a los contribuyentes y sumisión lacayuna a sus patrones.

El 9 de enero de 2015 se denunció que la indolencia del protegido gubernamental terminó en tragedia por la inmolación de Agustín Gómez Pérez frente al congreso del estado, cuando él y sus familiares originarios del vecino municipio Ixtapa se encontraban protestando por la privación al parecer ilegal del dirigente campesino Florentino Gómez Girón recluido en el “Amate” de Cintalapa.

Otra denuncia pública fue el 16 de octubre de 2016, de omisión en torno a la protección de los derechos de la población LGBTI y el matrimonio igualitario, además de anunciar la inminente solicitud de juicio político contra el ombudsman chiapaneco, Juan Oscar Trinidad Palacios.

Héctor Estrada Avelar, coordinador general de Unidos Diferentes Asociación Civil (UDAC), observó que el caso de Juan Oscar Trinidad Palacios y la CEDH se configuran como el mayor ejemplo de la violación sistemática ejercida contra los derechos de la población LGBTI en Chiapas, donde la discriminación hacia este sector es una práctica recurrente en la actuación de las autoridades, incluso en las que se supondría deberían garantizar, proteger y hacer valer los derechos humanos.

Ahora, se confirma la sospechosa inactividad del cercano colaborador del gobernador chiapaneco con aspiraciones presidenciales. Leemos en un comunicado de la CNDH:

Ante la inactividad de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Chiapas para atender un caso que dejó en indefensión a una persona privada de la libertad, vulnerando sus derechos fundamentales, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 27/2017 dirigida al Presidente de ese organismo local, para que a la brevedad se practiquen las actuaciones necesarias en la investigación de los hechos motivo de la queja.

Esta Comisión Nacional recibió el Recurso de Queja promovido por una persona agraviada, que se encuentra privada de la libertad en el Centro Estatal para la Reinserción Social de Sentenciados “El Amate” en Cintalapa, Chiapas, ante la inactividad manifiesta de ese organismo local, lo que motivó el análisis del conjunto de evidencias que integran el citado recurso, tras lo cual la CNDH acreditó la inactividad de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Chiapas, que desatendió los principios de inmediatez, concentración y rapidez.

Se inició el expediente de queja, observándose que en un lapso importante de tiempo no se practicaron actuaciones sustantivas, contraviniendo con ello el principio de debida diligencia en la investigación de violaciones de derechos humanos, lo que resulta un componente clave para la obtención de justicia y con ello, el fortalecimiento y consolidación de un Estado de Derecho, entendido como aquél que de manera efectiva e incondicionada salvaguarda los derechos fundamentales de la persona.

Por ello, la CNDH consideró que el personal de la Comisión Estatal no atendió adecuadamente el caso, ya que no solicitó mayor información que permitiera la debida investigación sobre los hechos denunciados para estar en posibilidad de determinar el expediente de queja.

En consecuencia, la CNDH formuló puntos recomendatorios al Presidente de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Chiapas, consistentes en que a la brevedad se practiquen las actuaciones necesarias en la investigación de los hechos motivo de la queja, para la debida integración del expediente y se emita en el tiempo estrictamente necesario la determinación que conforme a derecho corresponda; además, se giren instrucciones para que en esa Comisión Estatal se diseñe e imparta un curso de capacitación y formación para el trámite de las quejas con especial énfasis en el contenido, manejo y observancia de su ley y reglamento.

De igual forma se incluyó el inicio del procedimiento administrativo de responsabilidad previsto en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Chiapas, ante la Contraloría Interna de la Comisión Estatal, contra quien o quienes resulten responsables por la inactividad manifiesta del expediente de queja iniciado ante ese Organismo Local, y se giren instrucciones a quien corresponda para que se incorporen copias de la presente Recomendación en el expediente laboral, así como de la resolución del expediente administrativo que se inicie contra quien o quienes resulten responsables, y se designe al servidor público de alto nivel que fungirá como enlace con esta Comisión Nacional, para dar seguimiento al cumplimiento de la presente Recomendación.


La Recomendación 27/2017, que ya fue debidamente notificada a su destinatario, puede ser consultada en la página www.cndh.org.mx

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