De la Mesa de Redacción Rafael Castilleja
De Arcano Político
Inactividad y desatención sospechosas de Juan Oscar Trinidad
Palacios, presidente de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Chiapas,
dejó en la indefensión a una persona privada de la libertad en “El Amate” en
Cintalapa, denuncio en la Ciudad de México este lunes 17 de julio la Comisión
Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
Protegido del gobernador Manuel Velasco Suárez, Juan Oscar
Trinidad Palacios cuenta con un amplio expediente de indolencia a los
contribuyentes y sumisión lacayuna a sus patrones.
El 9 de enero de 2015 se denunció que la indolencia del
protegido gubernamental terminó en tragedia por la inmolación de Agustín Gómez
Pérez frente al congreso del estado, cuando él y sus familiares originarios del
vecino municipio Ixtapa se encontraban protestando por la privación al parecer
ilegal del dirigente campesino Florentino Gómez Girón recluido en el “Amate” de
Cintalapa.
Otra denuncia pública fue el 16 de octubre de 2016, de omisión
en torno a la protección de los derechos de la población LGBTI y el matrimonio
igualitario, además de anunciar la inminente solicitud de juicio político
contra el ombudsman chiapaneco, Juan Oscar Trinidad Palacios.
Héctor Estrada Avelar, coordinador general de Unidos
Diferentes Asociación Civil (UDAC), observó que el caso de Juan Oscar Trinidad
Palacios y la CEDH se configuran como el mayor ejemplo de la violación
sistemática ejercida contra los derechos de la población LGBTI en Chiapas,
donde la discriminación hacia este sector es una práctica recurrente en la
actuación de las autoridades, incluso en las que se supondría deberían
garantizar, proteger y hacer valer los derechos humanos.
Ahora, se confirma la sospechosa inactividad del cercano
colaborador del gobernador chiapaneco con aspiraciones presidenciales. Leemos
en un comunicado de la CNDH:
Ante la inactividad de la Comisión Estatal de los Derechos
Humanos de Chiapas para atender un caso que dejó en indefensión a una persona
privada de la libertad, vulnerando sus derechos fundamentales, la Comisión
Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 27/2017
dirigida al Presidente de ese organismo local, para que a la brevedad se
practiquen las actuaciones necesarias en la investigación de los hechos motivo
de la queja.
Esta Comisión Nacional recibió el Recurso de Queja promovido
por una persona agraviada, que se encuentra privada de la libertad en el Centro
Estatal para la Reinserción Social de Sentenciados “El Amate” en Cintalapa,
Chiapas, ante la inactividad manifiesta de ese organismo local, lo que motivó
el análisis del conjunto de evidencias que integran el citado recurso, tras lo
cual la CNDH acreditó la inactividad de la Comisión Estatal de los Derechos
Humanos de Chiapas, que desatendió los principios de inmediatez, concentración
y rapidez.
Se inició el expediente de queja, observándose que en un
lapso importante de tiempo no se practicaron actuaciones sustantivas,
contraviniendo con ello el principio de debida diligencia en la investigación
de violaciones de derechos humanos, lo que resulta un componente clave para la
obtención de justicia y con ello, el fortalecimiento y consolidación de un
Estado de Derecho, entendido como aquél que de manera efectiva e incondicionada
salvaguarda los derechos fundamentales de la persona.
Por ello, la CNDH consideró que el personal de la Comisión
Estatal no atendió adecuadamente el caso, ya que no solicitó mayor información
que permitiera la debida investigación sobre los hechos denunciados para estar
en posibilidad de determinar el expediente de queja.
En consecuencia, la CNDH formuló puntos recomendatorios al
Presidente de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Chiapas,
consistentes en que a la brevedad se practiquen las actuaciones necesarias en
la investigación de los hechos motivo de la queja, para la debida integración del
expediente y se emita en el tiempo estrictamente necesario la determinación que
conforme a derecho corresponda; además, se giren instrucciones para que en esa
Comisión Estatal se diseñe e imparta un curso de capacitación y formación para
el trámite de las quejas con especial énfasis en el contenido, manejo y
observancia de su ley y reglamento.
De igual forma se incluyó el inicio del procedimiento
administrativo de responsabilidad previsto en la Ley de Responsabilidades de
los Servidores Públicos del Estado de Chiapas, ante la Contraloría Interna de
la Comisión Estatal, contra quien o quienes resulten responsables por la
inactividad manifiesta del expediente de queja iniciado ante ese Organismo
Local, y se giren instrucciones a quien corresponda para que se incorporen
copias de la presente Recomendación en el expediente laboral, así como de la
resolución del expediente administrativo que se inicie contra quien o quienes
resulten responsables, y se designe al servidor público de alto nivel que
fungirá como enlace con esta Comisión Nacional, para dar seguimiento al
cumplimiento de la presente Recomendación.
La Recomendación 27/2017, que ya fue debidamente notificada
a su destinatario, puede ser consultada en la página www.cndh.org.mx
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