sábado, 16 de diciembre de 2017

Diputadetes intentan amordazar a los mexicanos y cancelar la libertad de expresión para fortalecer la Ley de Seguridad Interior

* Publicar la verdad sería sancionada penal y civilmente


* Se protegen entre delincuentes que usurpan el legislativo


Por Mario Luis ALTUZAR SUÁREZ
De Arcano Político


Los cobardes ocultan la perversa aprobación de una
minuta que amordazaría a los mexicanos y cancelaría
la libertad de expresión, consagrada en la Constitución.
Foto de Arcano Radio.
Pasaron diputados federales al Senado el miércoles 13 de diciembre, su pretensión de amordazar a los mexicanos y cancelar la libertad de expresión, en un ambiente de legalización del golpe de mano para instituir la dictadura con la Ley de Seguridad Interior, ignorando el rechazo de organismos internacionales, nacionales y la sociedad en general.

El dolo de la cobarde acción legislativa es visible: Sin debate y en menos de 3 minutos, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformas al artículo 1916 del Código Civil Federal, para establecer restricciones y “mordazas” a quien comunique, por cualquier medio, información, “cierta o falsa”, que cause “deshonra o descrédito a alguien”.

Se confirma la perversidad al ocultar en el apartado 25 de la nota 8785 del 13 de diciembre titulada: Aprueba Cámara de Diputados 36 dictámenes que reforman diversos ordenamientos, para que pasase desapercibida, como sucedió lamentablemente en los reporteros acreditados en el Palacio Legislativo.
Leemos: Incluyen medios tradicionales y electrónicos como herramienta para daño moral

25. La Cámara de Diputados aprobó un dictamen que reforma el Código Civil Federal, para incluir a los medios tradicionales y electrónicos como una herramienta más que se puede usar para realizar actos o imputaciones sobre una persona que causen daño moral. Quién las use con este objeto estará obligado a ejercer la reparación de éste.

El documento surgió de una iniciativa que el diputado Pablo Elizondo García (PRI) presentó el 5 de diciembre pasado, reforma la fracción I del artículo 1916 del Código Civil Federal, se aprobó por unanimidad, con 386 votos a favor, y se turnó al Senado para su análisis.

La Comisión de Justicia, que elaboró el dictamen, señaló que todas las personas gozan del derecho a la libre expresión, cuyo ejercicio sólo está restringido mediante la exigencia de responsabilidades ulteriores en aquellos casos en que afecten los derechos o reputación de terceros.

Por ello, consideró necesario armonizar la legislación nacional y regular con cautela los alcances del daño moral, para reparar éste y no lesionar la libertad de expresión.

La única publicación encontrada en la llamada Gran Prensa escrita y electrónica, fue la del compañero Víctor Chávez, reportero de El Financiero, con fecha 14 de diciembre:

CIUDAD DE MÉXICO.- Por unanimidad, sin debate y en tres minutos, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformas al artículo 1916 del Código Civil Federal, para establecer restricciones y “mordazas” a quien comunique, por cualquier medio, información, “cierta o falsa”, que cause “deshonra o descrédito a alguien”.

Con 386 votos de todos los grupos parlamentarios representados en la Cámara de Diputados –PRI, PAN, PRD, PVEM, Morena, MC, Nueva Alianza y Encuentro Social– se despidieron de sus labores de este año con el ordenamiento de que “estarán sujetos a la reparación del daño moral de acuerdo a lo establecido por este ordenamiento y, por lo tanto las conductas descritas se considerarán como hechos ilícitos”, como la siguiente:

 “El que comunique, a través de cualquier medio tradicional o electrónico, a una o más personas la imputación que se hace a otra persona física o moral, de un hecho cierto o falso, determinado o indeterminado, que pueda causarle deshonra, descrédito, perjuicio, o exponerlo al desprecio de alguien”, lo que se ha llamado ‘ley antimeme’ por el anonimato de ese tipo de expresiones en Internet.

Ley mordaza, de última hora

Libertad de expresión, ni un paso atrás

En su argumentación, la iniciativa –propuesta por el diputado priista de Nuevo León Pablo Elizondo– expone que “en el orden jurídico mexicano, el derecho fundamental a la libertad de expresión de las ideas se encuentra protegido en los artículos 6 y 7 constitucionales, así como en los artículos 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. “De la lectura de dichos artículos, y para los efectos que nos interesan, se desprende que todas las personas gozan el derecho a la libre información, cuyo ejercicio sólo podrá ser restringido mediante la exigencia de responsabilidades ulteriores en aquellos casos en que se afecten los derechos o reputación de terceros”, añade.

Una vez aprobada la reforma, el grupo parlamentario del PRI festejó en Twitter: “se considerará como hecho ilícito la comunicación, a través de cualquier medio, de un hecho, cierto o falso, que pueda causar deshonra, descrédito, perjuicio o exponer al desprecio de alguien”, escribió y hasta presumió: “#LoHacemosporTí”.

El dictamen se avaló en la Comisión de Justicia –que preside el diputado del PRI Álvaro I barra Hinojosa, también de Nuevo León– y sin un solo orador en el pleno de la Cámara Baja.


En lo que el último de los temas de los 45 dictámenes que aprobaron “en masa” los legisladores –más otros 88 dictámenes de Puntos de Acuerdo- antes de partir de vacaciones, la Presidencia de la Mesa Directiva ordenó la apertura del sistema electrónico por sólo tres minutos para recoger la votación en lo general y en lo particular, sin discusión del tema.

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