De la Mesa de Redacción Rafael Castilleja
De Arcano Político
Promulga de la Reforma Política de la Ciudad de México, a
las 12.30 horas del Centro, en el Palacio Nacional, el presidente Enrique Peña
Nieto. Nace el Estado 32.
El miércoles 20 de enero de 2016, el presidente de la
Comisión Permanente del Congreso de la Unión, el perredista sonorense José de
Jesús Zambrano Grijalva, declaró la constitucionalidad de la reforma política
de la Ciudad de México y la turnó al Ejecutivo federal para su publicación en
el Diario Oficial de la Federación.
La Mesa Directiva de la Comisión Permanente informó al Pleno
que el documento fue avalado por 23 congresos estatales, con lo que se supera
la mayoría que se requiere para una reforma constitucional.
Oficialmente dejará de llamarse Distrito Federal, y se
conocerá formalmente como la Ciudad de México, en cuanto entre en vigor la
reforma política que se anunció el 15 de diciembre de 2015.
El 18 de noviembre de 1824 el Congreso decidió crear un
distrito federal, entidad que albergaría los poderes federales. El territorio
del Distrito Federal se conformó con la Ciudad de México y otros seis
municipios: Tacuba, Tacubaya, Azcapotzalco y Mixcoac. El 20 de febrero de 1837.
Fue capital imperial en dos ocasiones (1821-1823 y
1864-1867), y de dos Estados federalistas y dos Estados centralistas que se
sucedieron tras innumerables golpes de Estado en el espacio de medio siglo
antes del triunfo de los liberales tras la Guerra de Reforma. También fue el
objetivo de una de las dos invasiones francesas a México (1861-1867), y ocupada
por un año por las tropas estadounidenses en el marco de la Guerra de
Intervención estadounidense (1847-1848).
Se publicó el 20 de agosto en el Diario Oficial de la
Federación y entró en vigor el 31 de diciembre de 1928, la iniciativa del
entonces candidato a la presidencia Álvaro Obregón Salido del 18 de abril de
1928, de reforma al artículo 73 de la Constitución que suprime el régimen
municipal en el Distrito Federal, con lo que las trece municipalidades
existentes en su territorio desaparecieron y el gobierno pasó a mandato del
presidente de la república, el cual administraría el territorio con un
Departamento Central, y designaría a discreción el o la regente, el o la
procuradora de justicia así como la intervención en la designación de los
futuros delegados.
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