De la Mesa de Redacción Rafael Castilleja
De Arcano Político
Enérgica condena este martes 26 de febrero en Washington de la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por la privación ilegítima
de libertad de los defensores de derechos humanos Obtilia Eugenio Manuel e
Hilario Cornelio Castro entre el 12 y 19 de febrero de 2019 en el estado de
Guerrero, México.
De acuerdo con información de público conocimiento, Obtilia
Eugenio Manuel e Hilario Cornelio Castro, defensores indígenas y de derechos
humanos integrantes de la Organización de los Pueblos Indígenas Me’Phaa (OPIM),
estuvieron desaparecidos desde el 12 de febrero, cuando se dirigían en
transporte colectivo desde Tierra Colorada a Chilpancingo, en el estado de Guerrero,
hasta el 19 de febrero.
Según la información difundida por el Gobierno del estado de
Guerrero el 13 de febrero, desde el momento en que se conoció la desaparición,
la Secretaría de Seguridad Pública, Fiscalía General del Estado y Secretaría
General de Gobierno, activaron los protocolos de búsqueda y localización, incluyendo
el despliegue permanente de fuerzas de tarea en tierra y aire.
Asimismo, se iniciaron dos carpetas de investigación, una
por el delito de desaparición de personas en la Fiscalía General de Guerrero; y
otra por delito de privación de la libertad personal en el distrito judicial de
Allende.
Adicionalmente, la CIDH fue informada que la Fiscalía
Especial en Materia de Desaparición Forzada y Búsqueda de Personas
Desaparecidas decretó la implementación de medidas cautelares a fin de
salvaguardar la integridad de los demás integrantes de la Organización de los
Pueblos Indígenas Me’Pha y familiares de las personas no localizadas.
Finalmente, el 19 de febrero fueron localizados con vida,
como resultado de una acción conjunta realizada por la Secretaría de la Defensa
Nacional, la Fiscalía General de la República y del estado de Guerrero, tras
seguirse las instrucciones de liberación dadas por los captores de los
defensores de derechos humanos.
La Comisión expresa su consternación por este suceso y por
el hecho de que en varias ocasiones en los últimos meses Obtilia Eugenio Manuel
denunció haber recibido amenazas. En particular, en los días previos a su
desaparición, recibió varias amenazas de muerte en su contra, las cuales
habrían sido notificadas a las respectivas autoridades.
La CIDH advierte que Obtilia Eugenio Manuel fue beneficiaria
de medidas cautelares otorgadas por la CIDH y es beneficiaria de medidas
provisionales otorgadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos desde
2009. La Comisión Interamericana expresa su grave preocupación por el hecho de
que esta desaparición se haya producido a pesar de las medidas provisionales e
insta al Estado mexicano a reforzar todas aquellas medidas de protección
necesarias con el fin de evitar la repetición de estos hechos. “La CIDH
continuará dando seguimiento a las medidas provisionales vigentes ante la Corte
Interamericana”, señaló a este respecto la Presidenta de la CIDH, y Relatora
para México, Comisionada Esmeralda Arosemena de Troitiño.
Asimismo, la Comisión recuerda que es obligación del Estado
investigar de oficio hechos de esta naturaleza y sancionar a los responsables
materiales e intelectuales. “El Estado mexicano debe abrir líneas de
investigación que tengan en cuenta si la privación ilegítima de la libertad de
Obtilia Eugenio Manuel e Hilario Cornelio Castro fue cometida por su labor de
defensa de los derechos humanos” dijo el Relator sobre los Derechos de
Defensoras y Defensores de Derechos Humanos, Comisionado Francisco Eguiguren.
“Dicha investigación además debe ser conducida con debida diligencia, y de
manera exhaustiva, seria e imparcial”, añadió. La Comisión recuerda que en el
caso de mujeres defensoras de derechos humanos, el Estado debe tomar
debidamente en cuenta que al riesgo inherente que encierra su labor se suma el
contexto de discriminación en razón de su género. Por lo tanto, el Estado ha de
adoptar medidas razonables para prevenir actos de violencia contra ellas y
remediar el contexto de discriminación que promueve la repetición de estos
actos. En particular, el Estado debe incorporar un enfoque diferenciado en la
investigación, juzgamiento, sanción y reparación de estos crímenes, incluyendo
la perspectiva de género y étnico-racial.
La Comisión reitera que los actos de violencia y otros
ataques contra defensoras y defensores de derechos humanos no sólo afectan las
garantías propias de todo ser humano, sino que atentan contra el papel
fundamental que juegan en la sociedad. Dichos actos perjudican además a todas
aquellas personas para quienes trabajan, dejándoles en un estado de mayor
vulnerabilidad y sumiéndolos en una situación de indefensión.
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