De la Mesa de Redacción Rafael Castilleja
De Arcano Político
Pierde a su hijo una mujer sometida a inadecuada atención
médica y violencia obstétrica en el Hospital Regional de PEMEX en Ciudad
Madero, Tamaulipas, por lo que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos
(CNDH) emitió la Recomendación 41/2017 dirigida al Director General de
Petróleos Mexicanos, José Antonio González Anaya.
Tras analizar el caso, la CNDH acreditó violaciones a los
derechos a la protección de la salud, a la información en materia de salud y a
una vida libre de violencia, atribuibles a personal médico de ese hospital.
El 21 de septiembre de 2016, la mujer de 27 años de edad
acudió al citado hospital para recibir atención médica por pérdida de líquido
amniótico, ante lo cual se le mantuvo en observación. Al día siguiente, un
médico le indujo el parto natural, sin tomar en cuenta factores de riesgo como
la diabetes gestacional de la víctima ni corroborar el peso fetal del producto
mediante ultrasonido, lo que derivó en complicaciones por distocia de hombros y
la posterior pérdida del producto de la gestación.
De acuerdo con el testimonio de la agraviada, a pesar de que
ella y un médico solicitaron en reiteradas ocasiones se le practicara una
operación cesárea, personal de ese hospital continuó con el parto natural,
durante el cual refirió haber recibido expresiones inapropiadas, gritos,
regaños, insultos y manifestaciones verbales para responsabilizarla por la
pérdida del producto de la gestación.
En su investigación, personal de la CNDH constató que
existieron omisiones en la integración del expediente clínico de la paciente,
al advertir que el 10 de agosto de 2016 se le brindó consulta por
endocrinología de la cual no existe constancia que acredite la citada
valoración, que era de vital importancia para el control metabólico.
De igual manera, una nota médica del 24 de agosto de ese año
indica que la víctima recibió en el citado hospital una evaluación
endocrinológica. Sin embargo, no existe constancia que refiera dicha atención
antes de esa fecha.
Por lo anterior, la CNDH solicita al Director General de
PEMEX indemnizar o compensar a la víctima con motivo de la responsabilidad en
que incurrió el personal del Hospital Regional, otorgarle atención médica y
psicológica e inscribirla en el Registro Nacional de Víctimas, para que tenga
acceso en lo conducente al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral.
Implementar un programa para prevenir, diagnosticar y
monitorear la diabetes durante el embarazo, detectar factores de riesgo a las
pacientes y se tomen las medidas para garantizarles adecuada vigilancia
obstétrica, así como capacitar al personal sobre la protección del derecho a la
salud materna; en materia de actualización para el personal médico en el
tratamiento de la diabetes en el embarazo; en la debida observancia de la Norma
Oficial Mexicana relativa a la atención de la mujer durante el embarazo, parto
y puerperio, y de la persona recién nacida, y para el cumplimiento de la norma
oficial referente a la integración del expediente clínico.
También, instruir que quienes laboran en dicho hospital
adopten las medidas para garantizar que los expedientes clínicos se encuentren
debidamente elaborados y protegidos conforme a las leyes nacionales e
internacionales sobre el particular; emitir una circular para que el personal
médico entregue copia de la certificación y recertificación que acredite su
actualización, experiencia y conocimientos suficientes para brindar un servicio
adecuado, así como colaborar con la CNDH en la queja para iniciar procedimiento
administrativo contra las autoridades responsables.
La presente Recomendación, que ya fue notificada a su
destinatario, puede ser consultada en la página www.cndh.org.mx.
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