* El Organismo Nacional propone que se decrete el 19 de
octubre como el “Día de las personas y los pueblos afrodescendientes”
* Norma Inés Aguilar León, Cuarta Visitadora General, dio a
conocer el “Estudio Especial sobre la Situación de la Población
Afrodescendiente de México a través de la Encuesta Intercensal 2015”
* Presentó medidas y acciones para que nuestro sistema
jurídico y las políticas públicas reconozcan y consideren a las personas y
pueblos afrodescendientes
De la Mesa de Redacción Rafael Castilleja
De Arcano Político
Viven en 2016 un entorno de exclusión e indiferencia un
millón 381 mil 853 afrodescendientes de México, inclusive, su presencia en la
estadística nacional era prácticamente inexistente hasta hace muy poco tiempo,
denunció Norma Inés Aguilar, Cuarta Visitadora General de la Comisión Nacional
de los Derechos Humanos.
Al presentarse en la Ciudad de México este martes 18 de octubre,
el “Estudio Especial de la CNDH sobre la situación de la poblaciónafrodescendiente de México a través de la encuesta intercensal 2015”, precisó
que carece de escolaridad entre 2 y 3 por ciento de la población
afrodescendiente de entre 20 a 24 años que radica en los estados de Veracruz,
Guerrero y Oaxaca.
“Han sido históricamente discriminadas, y continúan viviendo
un entorno de exclusión e indiferencia, sin una presencia explícita en ámbitos
tales como el de las políticas públicas y en la legislación. Hasta hace muy poco tiempo, inclusive, su
presencia en la estadística nacional era prácticamente inexistente, con lo cual
también eran objeto de una invisibilización,
la cual por sí misma constituye una forma más de discriminación”, dijo.
Arcano Radio, asociada a RNU y a RFI, otra forma de escuchar
para ver el mundo, les comparte las palabras de Norma Inés Aguilar, Cuarta
Visitadora General de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos:
El día de hoy, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos
hace público su “ESTUDIO ESPECIAL SOBRE LA SITUACIÓN DE LA POBLACIÓN
AFRODESCENDIENTE DE MÉXICO A TRAVÉS DE LA ENCUESTA INTERCENSAL 2015” el cual
tiene como objeto contribuir a visibilizar, desde el ámbito de los derechos
humanos, la situación y problemáticas que enfrenta la población
afrodescendiente en nuestro país, así como proponer algunas medidas generales
que sirvan para lograr una mejor atención de la misma y propiciar mayor
vigencia y garantía de sus derechos.
Las consideraciones que formula la CNDH en el estudio que se
presenta, parten del análisis de la información contenida en la Encuesta
Intercensal de 2015 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI)
bajo una perspectiva de derechos humanos, enriquecida con los insumos que esta
Comisión Nacional ha obtenido del trabajo y experiencias conjuntas que se han
construido con la población afrodescendiente, mediante espacios tales como
conversatorios, foros, encuentros, entrevistas e intercambios de opiniones,
entre otros. Lo anterior nos ha permitido conocer sus problemáticas, escuchar
sus demandas y entender los desafíos que enfrentan.
Las poblaciones afrodescendientes de México han sido
históricamente discriminadas, y continúan viviendo un entorno de exclusión e
indiferencia, sin una presencia explícita en ámbitos tales como el de las
políticas públicas y en la legislación.
Hasta hace muy poco tiempo, inclusive, su presencia en la estadística
nacional era prácticamente inexistente, con lo cual también eran objeto de una
invisibilización, la cual por sí misma
constituye una forma más de discriminación.
Cuando un grupo de la población no es reconocido
explícitamente con derechos propios, se le priva de las oportunidades que se
les dan al resto de las poblaciones y con ello se le está impidiendo su
autorrealización. Las poblaciones afrodescendientes no existen para gran parte
de la sociedad mexicana ni dentro de la estructura jurídica del Estado
mexicano, y por ello actualmente demandan ser socialmente visibilizados y ser
legalmente reconocidos, como elementos necesarios para la satisfacción de sus
requerimientos culturales y socioeconómicos. Entre sus demandas, también se
encuentran la educación, la salud y el desarrollo económico culturalmente
pertinentes, así como la preservación de su cultura, la consulta previa, libre
e informada y la participación política, lo cual ha generado discusiones sobre
el respeto a sus derechos, a la diferencia cultural, al acceso a la cultura y a
la libre determinación.
La composición pluricultural de nuestro país no puede estar
completa si dejamos de lado a la población afrodescendiente. Forman parte de
nuestra identidad y su cultura es parte del patrimonio de nuestra sociedad. La
igualdad que establece el artículo 1º Constitucional, no puede seguir siendo un
mero formalismo o una aspiración para estas mexicanas y mexicanos, que
ascenderían a un total de 1,381,853 (un millón trescientos ochenta y un mil
ochocientos cincuenta y tres personas) , de las cuales 637,928 (seiscientos
treinta y siete mil novecientos veintiocho) serían hombres y 663,143
(seiscientos sesenta y tres mil ciento cuarenta y tres) mujeres, lo que
representa el 1.2% de la población total del país, que hasta ahora, en varios
ámbitos, se ha mantenido invisibilizada.
Actualmente las entidades con mayor población
afrodescendiente son estado de México, con 304,000, Guerrero con 229,000,
Veracruz con 266,000 y Oaxaca con 196,000.
Las dificultades de la población afrodescendiente para
acceder a servicios que garantizan sus derechos humanos se manifiestan desde
temprana edad. Tan sólo por citar algunos datos contenidos en la Encuesta
Intercensal que ponen en evidencia problema serios de fondo, podemos mencionar
que el porcentaje de niños y niñas en hogares afrodescendientes de 0 a 3 años
que no cuenta con registro de nacimiento es 6.6% (1.6 porcentuales más elevado
que en el resto de la población mexicana).
El registro de nacimiento no es un mero trámite, ya que los
derechos derivados del registro de nacimiento facilitan la inclusión en la vida
económica, política y cultural del país, así como el pleno acceso a otros
derechos esenciales como el derecho a la salud, a la educación, al cuidado, a
la protección y a aquellos derechos a ejercer en la edad adulta. La falta de
registro impide el goce y ejercicio de los derechos de las niñas y niños,
además de que propicia que la exclusión y la desigualdad subsistan.
Del mismo modo, cuando advertimos que el 18.2% de la
población afrodescendiente no cuenta con filiación a algún tipo de servicio o
sistema de salud, porcentaje que es casi un punto porcentual más elevado que el
correspondiente a la población no afrodescendiente y no indígena (17.3%), y
casi dos por ciento superior al de la población indígena (16.4%), es claro que
la misma tiene también un serio problema de acceso real y efectivo a los
servicios de salud, lo cual incide en su calidad y condiciones de vida, además
de dejar en claro la necesidad de que las políticas públicas en la materia
refuercen sus esquemas de atención hacia esta población.
Por otra parte, los datos reflejan que la población
afrodescendiente tiene un promedio de escolaridad de 9.4 años entre las mujeres
de 15 años y más y de 9.7 entre los
hombres, lo cual es ligeramente superior al promedio de escolaridad de la
población no afrodescendiente- no indígena. El hecho de que el derecho a la
educación no sea plenamente vigente entre
estas personas, es otro elemento que propicia la exclusión y la
discriminación, a la vez que dificulta el que puedan hacer efectivos sus demás
derechos y mejorar sus condiciones de vida, reduciendo asimismo sus
posibilidades para acceder a la participación política y a la construcción de
ciudadanía.
En el ámbito laboral, también se advierte la existencia de
una problemática que demanda atención, cuando los datos nos arrojan que poco
más del 40% de la población afrodescendiente ocupada no cuenta con las
prestaciones de ley en su trabajo; 55.8% de los hombres y 48.9% de las mujeres
no cuentan con licencias o incapacidades con goce de sueldo; 48.3% de los
hombres y 43.2% de las mujeres no cuentan con servicio médico proveninente de
su trabajo; 51.9% y 42.6% no cuentan con vacaciones pagadas y 44.4% y 35.6% no tienen aguinaldo. Las
prestaciones que aseguran un retiro más seguro y protegido también son escasas:
56.0% de los hombres y 42.3% de las mujeres no cuentan con ahorro para el
retiro y 59.5% de los hombres y 55.1% de
las mujeres no cuentan con crédito para vivienda.
El trabajo es uno de los elementos que puede mejorar la
calidad y condiciones de vida de las personas. El hecho de que las personas
afrodescendientes no accedan ni puedan hacer efectivos los derechos que les
corresponden en el ámbito laboral, de nueva cuenta es un factor que preserva la
exclusión, la desigualdad y la discriminación, además de que previene que
puedan desarrollar plenamente sus personas y capacidades, así como acceder a
mejores condiciones de vida y niveles de bienestar.
Lo anterior, adquiere especial relevancia si consideramos
que 47.1% de los hogares de afrodescendientes aún cocinan con leña o carbón,
cerca del 10% tienen piso de tierra, casi el 40% tienen techo de material de
desecho o láminas, y casi el 15% carecen de agua entubada, porcentajes que se
incrementan si atendemos exclusivamente a quienes habitan en los estados de
Guerrero y Oaxaca, en donde más del 50% de su población afrodescendiente
cocinaría con leña o carbón, utilizaría viviendas con techo de lámina y cerca
del 15% habitaría en viviendas con piso de tierra y carecerían de agua
entubada.
El estudio que hoy se presenta, busca no sólo presentar
datos sobre la población afrodescendiente, sino distinguir adecuadamente su
situación respecto de otros grupos poblacionales, y muchas veces respecto de
otros grupos objeto de discriminación, así como también explorar las posibles
categorías que permitan dar adecuado tratamiento a sus necesidades y superar
los obstáculos que los afectan, teniendo en cuenta que, inclusive dentro del
colectivo de personas afrodescendientes, es posible identificar grupos en
particular situación de riesgo, por factores combinados con sus características
físicas y culturales diferentes, por su sexo o por sus creencias.
El derecho a la igualdad entre integrantes de diversas
culturas implica que las personas puedan disfrutar de la igualdad sustantiva
que requiere de acciones específicas y concretas para superar la
discriminación. En este sentido, la interseccionalidad de enfoques, de derechos
humanos, de igualdad sustantiva y de
interculturalidad, es una herramienta de primer orden para comprender la
multiplicidad de discriminaciones (por razón de género, pobreza y étnica, entre
otras) y para diseñar políticas públicas que permitan superar las
desigualdades.
Este enfoque interseccional es necesario para reconocer a
las personas, que son objeto de discriminación, como titulares de derechos.
Paralelamente, el Estado debe atender esta situación de discriminación y actuar
para solucionar la misma, previniendo su repetición.
En un momento donde las reivindicaciones de los grupos
marginados o invisibilizados cobran especial importancia, dichos enfoques,
contribuyen a contextualizar sus demandas
y, con ello, a dar respuesta a sus demandas, incluida la de su
reconocimiento como grupos que tienen que ser mostrados conforme a su cultura y
autonomía propias; pero iguales en derechos y obligaciones. En el caso de la
población afrodescendiente o afromexicana, ésta debe entenderse en un marco de
interculturalidad, en el que se reconocen la diversidad y las intersecciones
múltiples, propias de la nación Mexicana; que posee su singular cosmovisión de
la vida y del desarrollo y que tiene derecho a vivir conforme a ella.
Es por ello que, en el contexto del Decenio Internacional
para los Afrodescendientes, al que ha llamado Naciones Unidas y al que se ha
sumado México, así como en el marco de la conmemoración de lo que el estado de
Oaxaca ha reconocido como Día del Pueblo Negro Afromexicano, la Comisión Nacional
de los Derechos Humanos hace público el Estudio que se presenta. Al respecto,
sería deseable que el 19 de octubre fuera una fecha que conmemore la existencia
y legado de nuestra población afrodescendiente, no sólo en Oaxaca, sino en todo
el país, tanto a nivel local como federal, como una forma de visibilizar y
reconocer que nuestro país cuenta con una población afrodescendiente que
enriquece nuestra diversidad cultural y nuestra visión de desarrollo dentro de
una sociedad multicultural.
Desconocer la situación, retos y demandas que tienen las
poblaciones afrodescendientes es negarles el efectivo reconocimiento de sus
derechos y condenarlos a seguir en el olvido, la exclusión. La discriminación
es una injusticia, un hecho que deriva de la falta de cultura y es contrario a
la dignidad de las personas. La igualdad prevista por el artículo 1º
constitucional no solo debe ser formal o teórica, debe materializarse en la
práctica.
Hacemos un llamado a consolidar el reconocimiento,
protección y defensa de los derechos de los pueblos afrodescendientes, bajo
esquemas que propicien la inclusión y fomenten la participación activa de los
mismos, lo cual necesariamente debe comprender su identidad cultural, el
respeto y rescate de sus tradiciones, de sus aspiraciones y costumbres.
Bajo estas consideraciones, la Comisión Nacional de los
Derechos Humanos se permite proponer, considerando el respeto a la diversidad,
con visión intercultural, de género y de derechos humanos, lo siguiente:
1. FOMENTAR EL
RECONOCIMIENTO POLÍTICO, CULTURAL Y SOCIAL.
2. GARANTIZAR
UNA JUSTICIA IGUALITARIA.
3. LEGITIMAR SU
DESARROLLO CON IDENTIDAD Y SU DERECHO A TOMAR DECISIONES ADECUADAS A SU
REALIDAD.
4. CONTINUAR EL
PROCESO DE PRODUCCIÓN ESTADÍSTICA Y DE INDICADORES PERTINENTES.
5. IMPLEMENTAR
UNA CAMPAÑA NACIONAL DE LUCHA CONTRA LA DISCRIMINACIÓN Y EXCLUSIÓN,
ESPECIALMENTE DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS Y NEGROS.
Adicionalmente la CNDH propone como una agenda mínima
inicial inmediata:
1. Que se
decrete el 19 de octubre como el "Día de las personas y los pueblos
afrodescendientes"
2. Asegurar que
en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2017 se etiquete una partida
específica para la atención de personas y pueblos afrodescendientes
3. Que se
realicen los cambios normativos necesarios para el reconocimiento
constitucional y legal de personas y pueblos afrodescendientes. En este
sentido, cualquier disposición que se apruebe deberá partir de escuchar y
atender los planteamientos que directamente formulen los mismos.
En síntesis, proponemos un conjunto de medidas y acciones
que propicien que nuestro sistema jurídico y las políticas públicas en
distintos ámbitos, reconozcan y consideren a las personas y pueblos
afrodescendientes. Es mucho lo que queda por hacer para que en nuestro país se
conozca, entienda y valore la riqueza y diversidad de la cultura y pueblos
afrodescendientes, para que se reconozcan los mismos y se asuman como parte
integral de nuestra identidad y de nuestra herencia como mexicanas y mexicanos.
Por último, es preciso aclarar que además del presente
Estudio, que les invito de manera respetuosa a leer ya que contiene
información, relevante, la CNDH ha emprendido a partir de esta administración
diversas acciones para el reconocimiento, defensa y promoción de sus derechos,
respecto de las cuales nos hablará de manera particular el Lic. Héctor Dávalos,
Secretario Ejecutivo de este Organismo Nacional.
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