De la Mesa de Redacción Rafael Castilleja
De Arcano Político
Producto de un recurso de impugnación, debido a que la
Secretaría de Seguridad Pública del estado de Tabasco no aceptó la
Recomendación que le dirigió el Ombudsman local, la Comisión Nacional de los
Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 32/2017 al Gobernador Arturo
Núñez Jiménez.
Las expresiones discriminatorias, de denostación y
descalificación que hiciera el entonces Secretario de Seguridad Pública del
estado de Tabasco sobre las personas adultas mayores que laboraban en esa
corporación, a quienes se presionó para que renunciaran o jubilaran por
considerarlos “viejos,” “inútiles” y “enfermos”, dieron lugar a una
Recomendación de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de esa entidad, que no
fue aceptada por dicha autoridad local.
Tras analizar el caso, este Organismo Nacional consideró
debidamente motivada y fundada la Recomendación de su homóloga de Tabasco, y
subraya la importancia de hacer exigible el derecho a la no discriminación.
Acreditó, asimismo, que el entonces funcionario utilizó expresiones o
cuestionamientos basados en estereotipos que estigmatizaron a las víctimas, así
como a quienes laboran o laboraban en esa corporación.
En su Recomendación, la CNDH subraya la importancia de hacer
exigible el derecho a la no discriminación y enfatiza la necesidad de
fortalecer la tolerancia, el respeto y la cultura de la legalidad para
erradicar la discriminación, que vulnera la dignidad, los derechos humanos y
las libertades fundamentales de las personas.
Además, recomienda a la SSP de Tabasco abstenerse de
realizar cualquier distinción de sus agentes, elementos o mandos que no
encuentre sustento legal, y considera infundados los argumentos de dicha
instancia para no aceptar la Recomendación del Ombudsman local, ya que las
víctimas tienen derecho a que se les repare el daño mediante atención
psicológica especializada, en caso de presentar síntomas o secuencias que
evidencien una afectación psicológica o emocional a causa de los hechos.
El 25 de septiembre de 2013, la Comisión Estatal de Derechos
Humanos de Tabasco inició de oficio un expediente de queja para investigar
presuntas violaciones a derechos humanos cometidas por el entonces Secretario
de Seguridad Pública de la entidad quien públicamente se refirió con
expresiones discriminatorias a las personas adultas mayores que trabajaban en
esa corporación.
En su pliego recomendatorio, la Comisión Estatal acreditó
violaciones a los derechos a la integridad y seguridad personales, en su
modalidad de discriminación; al trabajo y al trato digno, en su modalidad de
acoso laboral, y a la legalidad y seguridad jurídica, en su modalidad de falta
de legalidad en el proceder, cometidas en agravio de cuatro servidores públicos
de la SSP de esa entidad
En su Recomendación, la Comisión Nacional de los Derechos
Humanos solicita al Gobernador de Tabasco instruir a quien corresponda para que
se dé cumplimiento efectivo a los puntos resolutivos 155/2014, 156/2014,
157/2014 y 158/2014 de la Recomendación emitida por la Comisión Estatal de
Derechos Humanos el 27 de noviembre de 2014.
Además, se inscriba a las personas afectadas en el Registro
Estatal de Víctimas, con el fin de que tengan acceso, en lo conducente, a los
beneficios previstos en la Ley de Atención, Apoyo y Protección a Víctimas u
Ofendidos en el Estado de Tabasco, así como designar a un servidor público de
alto nivel que opere como enlace con esta Comisión Nacional, para dar
seguimiento a la Recomendación emitida por este Organismo Nacional.
La Recomendación 32/2007 de la CNDH, que ya fue debidamente
notificada a su destinatario, puede ser consultada en la página
www.cndh.org.mx.
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