De la Mesa de Redacción Rafael Castilleja
De Arcano Política
Solicita desde Washington al gobierno de México la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos de la OEA, preservar la vida e integridad
personal del periodista X y los miembros de su núcleo familiar al encontrarse
en riesgo por las actividades relacionadas con su labor periodística.
El 16 de noviembre de 2015, la CIDH solicitó la adopción de
medidas cautelares a favor de X y su núcleo familiar. A petición de los
solicitantes, se reserva la identidad de los beneficiarios, que han sido
debidamente identificados en los documentos enviados por la CIDH al Estado.
Según lo que establece el Artículo 25 del Reglamento de la
CIDH, en situaciones de gravedad y urgencia la Comisión podrá, a iniciativa
propia o a solicitud de parte, solicitar que un Estado adopte medidas
cautelares para prevenir daños irreparables a las personas o al objeto del
proceso en conexión con una petición o caso pendiente, así como a personas que
se encuentren bajo su jurisdicción, en forma independiente de cualquier
petición o caso pendiente.
X es un periodista que participó en las reuniones durante la
visita in loco realizada por la CIDH a México, en septiembre de 2015.
Según la solicitud, su participación le habría generado
amenazas y ataques que pondrían en riesgo su vida e integridad personal, así
como los derechos de su núcleo familiar.
Tras analizar los alegatos de hecho y de derecho presentados
por el solicitante, la Comisión considera que la información presentada
demuestra que X y su núcleo familiar se encuentran en una situación de gravedad
y urgencia, puesto que su vida e integridad personal estarían en riesgo.
Por tanto, según dispuesto en el Artículo 25 del Reglamento
de la CIDH, la Comisión solicita a México que adopte las medidas necesarias
para preservar la vida e integridad personal de X y los miembros de su núcleo
familiar y para que X pueda desarrollar las actividades relacionadas con su
labor periodística, sin ser objeto de actos de violencia y hostigamientos.
Del mismo modo, solicita que concierte las medidas a
adoptarse con los beneficiarios y sus representantes; y que informe las
acciones adoptadas a fin de investigar los presuntos hechos que dieron lugar a
la adopción de la presente medida cautelar para así evitar su repetición.
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